Para usar el celular, deben registrarse 6 millones en Estado
Con la recolección de datos personales y biométricos el Gobierno federal pretende combatir las extorsiones y fraudes
Tras la aprobación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, seis millones de jaliscienses deberán entregar a las empresas telefónicas sus datos personales y biométricos (como huella dactilar, iris de los ojos, tono de voz y ADN, entre otros) si quieren seguir comunicándose a través de los celulares. A nivel nacional son 86.4 millones.
Con esto, el Gobierno federal pretende combatir las extorsiones y fraudes, entre otras operaciones criminales que se realizan con estos aparatos.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) concentrará la información, que será compartida con las autoridades cuando se indague algún delito cometido con equipos móviles.
El IFT tendrá seis meses para emitir las disposiciones administrativas para crear el padrón. Publicadas, las compañías tendrán medio año para registrar a nuevos usuarios y dos años para empadronar a todas las líneas adquiridas antes de la reforma.
Los requisitos para usar el teléfono móvil
El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil contendrá, sobre cada línea telefónica, la información siguiente:
- Número de línea.
- Fecha y hora de la activación de la línea adquirida en la tarjeta SIM.
- Nombre completo o, en su caso, denominación o razón social del usuario.
- Nacionalidad.
- Número de identificación oficial con fotografía o Clave Única de Registro de Población del titular de la línea.
- Datos biométricos del usuario y, en su caso, del representante legal de la persona moral (conforme con las disposiciones administrativas de carácter general que emita el Instituto Federal de Telecomunicaciones).
- Domicilio del usuario.
- Datos del concesionario de telecomunicaciones o, en su caso, de los autorizados.
- Esquema de contratación de la línea telefónica móvil, ya sea pospago o prepago. Así como los avisos que actualicen la información.
Las sanciones
Los concesionarios de telecomunicaciones o, en su caso, los autorizados, incurrirán en infracciones con relación al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, en los siguientes supuestos:
- Efectuar extemporáneamente el registro de un número de línea telefónica móvil, excediendo los plazos previstos en las disposiciones administrativas de carácter general.
- No registrar un número de línea telefónica móvil en el país.
- No registrar las modificaciones o presentar los avisos que actualicen la información de un registro, como refiere el Artículo 180 de la ley.
- Hacer uso indebido de las constancias, documentos y demás medios de identificación, relacionados con el registro de un número de línea telefónica móvil.
- Alterar, omitir, simular o permitir registros o avisos en forma ilícita. Registrar datos falsos, proporcionar información falsa o facilitar información a usuarios o terceros que no tengan derecho. Acceder sin autorización a la información del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil o no denunciar alguna irregularidad teniendo la obligación de hacerlo.
- Hacer uso de la información, documentos o comprobantes del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, para obtener un lucro indebido.
- A quien cometa las infracciones a las que se refiere el artículo anterior, se le impondrán multas desde 20 hasta 15 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA); decir, desde mil 792 pesos hasta 1.3 millones de pesos, considerado el valor actual de la UMA.
- La aplicación de las sanciones se hará considerando las circunstancias en las que se cometió la infracción, así como la capacidad económica del infractor. “Dichas sanciones no lo liberan del cumplimiento de las obligaciones que establece esta ley. Y se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil o penal que le resulte”.
Pretenden reducir las extorsiones con padrón nacional de celulares
Durante el año pasado, Jalisco se ubicó en segundo lugar a nivel nacional en el delito de extorsión, con un total de 763 víctimas, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
La Entidad se encuentra sólo por debajo del Estado de México (tres mil 152), de un total de ocho mil 380 denuncias registradas en todo el país por este tipo de hechos.
La extorsión, el secuestro y el fraude, entre otros delitos relacionados con el crimen organizado, son algunos de los ilícitos que se buscan combatir con la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
En el dictamen de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión aprobada esta semana por el Senado, se señala que desafortunadamente los grupos criminales han estado evolucionando a la par con la tecnología, utilizándola como un medio para cometer sus actos a través de los celulares.
“La delincuencia ha optado por el servicio del prepago, donde se ocultan en el anonimato y la falta de control para saber quién o quiénes adquirieron el número en el cual realizan las operaciones ilícitas, tales como la extorsión, secuestro o cualquier otra operación criminal a través de la telefonía celular”, se destaca en el documento.
Se añade que, de esa forma, se impide que las áreas de inteligencia de seguridad pública rastreen la geolocalización, ya que es común ver este número de teléfonos desaparecer al ser utilizados, “es decir, después de la llamada de extorsión o petición en un secuestro, lo desechan. Y cambian de números”.
Pese a esto, se reconoce también que durante los foros desarrollados para discutir la reforma, no se encontró evidencia clara ni contundente de que el registro logre la reducción de los delitos, como la extorsión.
En noviembre pasado, durante uno de los foros para debatir sobre el registro de usuarios de celulares, el titular del Centro Nacional de Información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, David Pérez Esparza, destacó que el costo social de la extorsión se ha incrementado de manera importante.
En 2018, dijo, 12 mil millones de pesos se canalizaron al crimen organizado producto de este ilícito. Por ello, desde 2019 se comenzó a elaborar una base de datos para que los ciudadanos realicen denuncias a las línea 089 y 911 para reportar una extorsión. Tan sólo en octubre pasado se recibieron 10 mil llamadas.
En el dictamen se resalta que las tres principales modalidades de extorsión son el engaño telefónico, la amenaza telefónica y el cobro por derecho de piso.
En el documento se precisa que los titulares de seguridad y procuración de justicia designarán a los servidores públicos encargados de gestionar los requerimientos que se realicen a los concesionarios y recibir la información correspondiente, mediante acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación.
Prometen un padrón “confidencial”
La información contenida en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil será confidencial y reservada en términos de las leyes generales en materia de Transparencia y Protección de datos personales.
El INAI considera imprescindible limitar al máximo la recolección de datos biométricos, “puesto que cualquier afectación o vulneración podría generar daños significativos de una difícil o imposible reparación”.
De acuerdo con la nueva ley, se impondrán de tres meses a tres años de prisión al que estando autorizado para tratar los datos personales, provoque una vulneración de seguridad a las bases de datos bajo su custodia (con ánimo de lucro).
Además, se sancionará con prisión de seis meses a cinco años al que, con el fin de alcanzar un lucro indebido, trate los datos personales mediante el engaño, aprovechándose del error en el que se encuentre el titular o la persona autorizada para transmitirlos.
Tratándose de datos personales sensibles, las penas se duplicarán.
El plazo para el registro es de dos años
La reforma para la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, que incluirá los datos biométricos de los usuarios, establece que se tendrán hasta dos años para cumplir con el registro de las líneas telefónicas móviles adquiridas con anterioridad a la entrada en vigor de las nuevas disposiciones.
En el dictamen se destaca que el Gobierno federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), así como los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados, deberán realizar una campaña de información dirigida a sus clientes, que les permita cumplir con la obligación de registrar y actualizar sus datos (también en un plazo de dos años).
Además, deberán informar a los usuarios de que, en caso de no realizar dicho trámite dentro del plazo señalado, se les cancelará la prestación del servicio relacionado con la línea telefónica móvil, sin derecho a la reactivación, pago o indemnización alguna.
“Transcurrido el plazo señalado para el registro de titulares o propietarios de las líneas telefónicas móviles, el Instituto solicitará a los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, a los autorizados, la cancelación en forma inmediata de aquellas líneas de telefonía móvil que no hayan sido identificadas o registradas por los usuarios o clientes”.
Los nuevos usuarios de telefonía móvil tendrán un plazo de seis meses contados a partir de que el Instituto emita las disposiciones administrativas de carácter general para registrar su tarjeta SIM.
El Gobierno federal, a través de la SCT, la Secretaría de Seguridad y el IFT, así como los concesionarios de telecomunicaciones, deberán realizar campañas y programas informativos a sus clientes o usuarios para incentivar la obligación de denunciar en forma inmediata el robo o extravío de sus equipos celulares o de las tarjetas SIM, así como para prevenir el robo de identidad y el uso ilícito de las líneas telefónicas móviles, además de los casos de venta o cesión de una línea telefónica móvil.
SABER MÁS
La instalación
- El Instituto Federal de Telecomunicaciones realizará las acciones necesarias para que las erogaciones que se generen con motivo de instalar, operar, regular y mantener el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, se realicen con cargo a su presupuesto aprobado.
- Por su parte, los concesionarios de telecomunicaciones serán responsables de cubrir sus costos de implementación, mantenimiento y operación, incluyendo los de conectividad a los servidores del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
- El Instituto Federal de Telecomunicaciones, dentro de los 180 días naturales siguientes a la expedición del decreto, deberá emitir las disposiciones administrativas de carácter general.
TELÓN DE FONDO
Falla primer intento y filtran información
En 2009 se reformó la Ley Federal de Telecomunicaciones para establecer el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut), el cual fue desechado por las fallas en el manejo de datos.
Éste incluía el nombre del titular de la línea telefónica, el número y datos del aparato, así como la Clave Única de Registro de Población (CURP), pero en junio de 2010 se reportó que la información contenida en el registro ya era ofertada en sitios de internet.
En el dictamen de la reforma aprobada este mes por el Senado, se destaca que la creación del Renaut careció de una regulación jurídica, dejando en la incertidumbre a miles de usuarios registrados en ese padrón.
“Dichas carencias se vieron reflejadas en cuatro rubros. El primero se refiere a la no previsión de la validación de la información proporcionada por los usuarios; el segundo es que no se reguló que los concesionarios debieron corroborar la información personal de los usuarios; el tercero, hasta el día de hoy no se cuenta con un documento único de identificación de los ciudadanos mexicanos que les permita otorgar certeza en el registro”.
Y el cuarto señala que el registro quedó en manos de una autoridad administrativa sólo para su conservación. “En este caso, no se utilizó para reforzar una estrategia de seguridad nacional, cuyo fin fuera inhibir los delitos cometidos en aquel tiempo”.
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