México
Valoración de pruebas en caso Hank fue parcial, dice PGR
Considera que la fallo podría originar la impunidad en los delitos de acopio y portación de armas
- La PGR indaga con EU el origen
de las armas de Hank Rhon
CIUDAD DE MÉXICO (15/JUN/2011).- La titular de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada de la PGR, Patricia Bugarín, expresó la preocupación de la dependencia por la valoración parcial en el fallo de la juez noveno de Distrito de Baja California, que dictó ayer la libertad del ex alcalde de Tijuana Jorge Hank Rhon.
Eso, dijo, podría originar la impunidad en los delitos de acopio y portación de armas.
En conferencia de prensa en las instalaciones de la SIEDO, Bugarín aseveró que el expediente que el Gobierno federal puso a disposición del Poder Judicial de la Federación era sólido y acreditaba ilícitos, por lo que la valoración de pruebas que realizó la juez Blanca Evelia Parra Meza fue parcial.
Añadió que la juez concedió valor probatorio a los videos presentados por la defensa, argumentando que éstos no habían sido editados, sino "segmentados" para facilitar su conocimiento.
"De esa manera dejó de observar el principio de colegiación en la prueba pericial, al impedir que los peritos (de la PGR) observaran y emitieran su dictamen".
Además, Bugarín señaló que la juez hizo una valoración parcial sobre las 78 armas sin licencia, dos de ellas relacionadas con dos homicidios, y 49 de uso exclusivo del Ejército, pues en un principio dijo que resolvería sobre éstas y al momento de resolver la situación jurídica de Hank Rhon y 10 acusados más, en los puntos resolutivos del auto, dejó sin resolver este tema.
Dijo que la PGR ha respetado en todo momento la autonomía e independencia del Poder Judicial; respetó los tiempos de la juez noveno para valorar debidamente las pruebas, empero no fue notificado el representante social de forma inmediata a la notificación de los indiciados, sino que siete horas después "impidiéndole conocer de manera oportuna los argumentos en que sustentó su resolución".
La titular de la SIEDO confió en que un tribunal de segunda instancia resuelva con claridad el recurso de apelación que presentó la PGR tras la resolución de la juez noveno.
Critican difusión del Consejo de la Judicatura
Por la mañana, la fiscal criticó -en entrevista con la periodista Carmen Aristegui- la decisión del Poder Judicial de difundir los argumentos de la juez, Blanca Evelia Parra Meza, quien otorgó la libertad al empresario acusado por la PGR de acopio de armas de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
"Me sorprende mucho escuchar un comunicado del Consejo de la Judicatura, porque es un órgano que tiene que observar cuestiones administrativas, me sorprende que dé validez a la decisión de la juez.
"Es válido que lo haga, pero también es procedente que cualquiera de las partes pueda proceder a una segunda instancia", dijo la funcionaria.
En respuesta, el vocero del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), Carlos Avilés Allende, dijo que es necesario que las decisiones de los jueces y magistrados federales lleguen a los medios de comunicación para que, a su vez, a través de ellos, la sociedad en general esté enterada de sus decisiones.
Lo que "quizá le sorprende a la subprocuradora es que entramos a una etapa de mayor transparencia, donde en el Consejo de la Judicatura se comprende la importancia de transparentar las decisiones de los jueces".
Conforme lo dado a conocer ayer martes, la juez resolvió que existen evidencias de que la versión de los militares que efectuaron la aprehensión contrasta con la forma en que ocurrieron los hechos: no existió flagrancia. Toda prueba aportada después por la PGR es inválida.
En su fallo, la juzgadora detalló que la PGR presentó entre las pruebas el informe o parte de los elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), que asegura que Juan Ignacio Parra Santos, Ramón López Apodaca y Carlos Gonzalo Pérez Contreras (también identificado como Carlos Gonzalo Rizo Pérez) fueron detenidos a las 0:50 horas del 4 de junio, dentro de la habitación 201 del hotel Suites Royal de Tijuana, ya que portaban armas.
Estos sospechosos manifestaron “que las armas se las había proporcionado Hank Rhon”, pues eran sus escoltas, según informó el Consejo de la Judicatura Federal. Las declaraciones motivaron que los militares se dirigieran al domicilio ubicado en avenida Hipódromo 12027, colonia Hipódromo, de Tijuana; aunque la defensa argumentó que la detención fue ilegal.
De los siete testimonios aportados por la defensa de Hank, videos, fotografías tomadas el día de los hechos y peritajes elaborados por expertos independientes y la inspección que hizo la juez el sábado pasado, ésta emitió su fallo.
“Se desprendió que las detenciones de los inculpados se suscitaron en horas y circunstancias diversas a las narradas en el parte informativo suscrito por elementos del Ejército”, indica el documento, hay “diferencias en cuanto a los recorridos que realizaron los elementos militares para el aseguramiento de personas y objetos”.
La juez Parra Meza concluyó que “los eventos suscitados el día 4 de junio, en el interior del inmueble antes mencionado, acontecieron de manera diversa en cuanto al tiempo y modo, respecto de los reseñados por los elementos del Ejército en su denuncia de hechos”, y con las pruebas aportadas por la PGR “quedaron evidenciadas diversas inconsistencias con relación a las circunstancias de horarios, distancias y lugares que los militares refieren”.
de las armas de Hank Rhon
CIUDAD DE MÉXICO (15/JUN/2011).- La titular de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada de la PGR, Patricia Bugarín, expresó la preocupación de la dependencia por la valoración parcial en el fallo de la juez noveno de Distrito de Baja California, que dictó ayer la libertad del ex alcalde de Tijuana Jorge Hank Rhon.
Eso, dijo, podría originar la impunidad en los delitos de acopio y portación de armas.
En conferencia de prensa en las instalaciones de la SIEDO, Bugarín aseveró que el expediente que el Gobierno federal puso a disposición del Poder Judicial de la Federación era sólido y acreditaba ilícitos, por lo que la valoración de pruebas que realizó la juez Blanca Evelia Parra Meza fue parcial.
Añadió que la juez concedió valor probatorio a los videos presentados por la defensa, argumentando que éstos no habían sido editados, sino "segmentados" para facilitar su conocimiento.
"De esa manera dejó de observar el principio de colegiación en la prueba pericial, al impedir que los peritos (de la PGR) observaran y emitieran su dictamen".
Además, Bugarín señaló que la juez hizo una valoración parcial sobre las 78 armas sin licencia, dos de ellas relacionadas con dos homicidios, y 49 de uso exclusivo del Ejército, pues en un principio dijo que resolvería sobre éstas y al momento de resolver la situación jurídica de Hank Rhon y 10 acusados más, en los puntos resolutivos del auto, dejó sin resolver este tema.
Dijo que la PGR ha respetado en todo momento la autonomía e independencia del Poder Judicial; respetó los tiempos de la juez noveno para valorar debidamente las pruebas, empero no fue notificado el representante social de forma inmediata a la notificación de los indiciados, sino que siete horas después "impidiéndole conocer de manera oportuna los argumentos en que sustentó su resolución".
La titular de la SIEDO confió en que un tribunal de segunda instancia resuelva con claridad el recurso de apelación que presentó la PGR tras la resolución de la juez noveno.
Critican difusión del Consejo de la Judicatura
Por la mañana, la fiscal criticó -en entrevista con la periodista Carmen Aristegui- la decisión del Poder Judicial de difundir los argumentos de la juez, Blanca Evelia Parra Meza, quien otorgó la libertad al empresario acusado por la PGR de acopio de armas de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
"Me sorprende mucho escuchar un comunicado del Consejo de la Judicatura, porque es un órgano que tiene que observar cuestiones administrativas, me sorprende que dé validez a la decisión de la juez.
"Es válido que lo haga, pero también es procedente que cualquiera de las partes pueda proceder a una segunda instancia", dijo la funcionaria.
En respuesta, el vocero del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), Carlos Avilés Allende, dijo que es necesario que las decisiones de los jueces y magistrados federales lleguen a los medios de comunicación para que, a su vez, a través de ellos, la sociedad en general esté enterada de sus decisiones.
Lo que "quizá le sorprende a la subprocuradora es que entramos a una etapa de mayor transparencia, donde en el Consejo de la Judicatura se comprende la importancia de transparentar las decisiones de los jueces".
Conforme lo dado a conocer ayer martes, la juez resolvió que existen evidencias de que la versión de los militares que efectuaron la aprehensión contrasta con la forma en que ocurrieron los hechos: no existió flagrancia. Toda prueba aportada después por la PGR es inválida.
En su fallo, la juzgadora detalló que la PGR presentó entre las pruebas el informe o parte de los elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), que asegura que Juan Ignacio Parra Santos, Ramón López Apodaca y Carlos Gonzalo Pérez Contreras (también identificado como Carlos Gonzalo Rizo Pérez) fueron detenidos a las 0:50 horas del 4 de junio, dentro de la habitación 201 del hotel Suites Royal de Tijuana, ya que portaban armas.
Estos sospechosos manifestaron “que las armas se las había proporcionado Hank Rhon”, pues eran sus escoltas, según informó el Consejo de la Judicatura Federal. Las declaraciones motivaron que los militares se dirigieran al domicilio ubicado en avenida Hipódromo 12027, colonia Hipódromo, de Tijuana; aunque la defensa argumentó que la detención fue ilegal.
De los siete testimonios aportados por la defensa de Hank, videos, fotografías tomadas el día de los hechos y peritajes elaborados por expertos independientes y la inspección que hizo la juez el sábado pasado, ésta emitió su fallo.
“Se desprendió que las detenciones de los inculpados se suscitaron en horas y circunstancias diversas a las narradas en el parte informativo suscrito por elementos del Ejército”, indica el documento, hay “diferencias en cuanto a los recorridos que realizaron los elementos militares para el aseguramiento de personas y objetos”.
La juez Parra Meza concluyó que “los eventos suscitados el día 4 de junio, en el interior del inmueble antes mencionado, acontecieron de manera diversa en cuanto al tiempo y modo, respecto de los reseñados por los elementos del Ejército en su denuncia de hechos”, y con las pruebas aportadas por la PGR “quedaron evidenciadas diversas inconsistencias con relación a las circunstancias de horarios, distancias y lugares que los militares refieren”.
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