México
Validan triunfo de Duarte para gubernatura de Veracruz
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratifica al priista
TEPJF) validó por unanimidad el cómputo final de la elección para gobernador en
Veracruz, y convalidó así el triunfo del priista Javier Duarte de Ochoa de la coalición Veracruz para Adelante.
El pleno de la Sala Superior del TEPJF aprobó en sesión sobreseer las impugnaciones relativas a los recursos de inconformidad, confirmar la validez de la elección de gobernador en aquella entidad y otorgar la constancia de mayoría y validez a Duarte de Ochoa.
La víspera, la coalición Para cambiar Veracruz, integrada por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Convergencia presentó el juicio de revisión constitucional electoral SUP-JRC.244/2010.
A éste se le sumó el SUPO-JRC-245/2010, que promovió el Partido Acción Nacional (PAN), contra del Tribunal Electoral de Veracruz.
Correspondió al magistrado Manuel González Oropeza presentar el proyecto de dictamen que fue votado a favor, pero provocó un largo debate, debido a que algunos magistrados consideraron que el juicio promovido por el PAN debería ser sobreseído.
Ello porque María del Carmen Alanís y Flavio Galván expusieron que fue firmado por representantes ante 30 consejos distritales, entre quienes no aparecen algunas de las personas registradas o acreditadas en la cláusula de coalición suscrita por el PAN y Nueva Alianza.
Los magistrados votaron por mayoría por la acumulación de los dos juicios de revisión constitucional, aunque el que presentó el PAN fue con el voto en contra de Galván Rivera y Alanís Figueroa.
Sin embargo, el dictamen vinculado al cómputo final de la elección de gobernador, declaración de validez de la elección y de gobernador electo, así como de otorgamiento de la constancia respectiva fue aprobado por unanimidad por los siete magistrados.
Por lo anterior, se aprobó comunicar esta resolución de la Sala Superior del TEPJF al Congreso de Veracruz, para los efectos previstos en el Artículo 45 de la Constitución Política de aquella entidad, relativos al acto de toma de posesión y la rendición formal de protesta.
En su proyecto, González Oropeza expuso que se acreditaron algunas irregularidades como inconsistencias del padrón electoral, robo de papelería en dos casillas.
Además de la difusión de revistas en periodo prohibido (de veda) y una conducta inadecuada de los medios de comunicación por no transmitir el debate de los contendientes.
Sin embargo, el ponente del proyecto consideró que lo anterior fue insuficiente para revocar la validez del cómputo de los comicios para gobernador de Veracruz, por lo que convalidó el triunfo del priista Duarte de Ochoa.
Al exponer su proyecto de acuerdo, González Oropeza abordó cada uno de los agravios alegados por el PAN y por la coalición Para Cambiar Veracruz, que impugnaron en recursos diferentes el triunfo del abanderado del partido tricolor.
Para defender el triunfo de su candidato, Miguel Ángel Yunes, el PAN alegó campañas sucias, intervención del gobernador Fidel Herrera y uso indebido de recursos, entre otros puntos.
En su proyecto de sentencia, González Oropeza se refirió en particular a las grabaciones al gobernador de Veracruz, Fidel Herrera, con supuestas conversaciones telefónicas sostenidas con otros funcionarios y vinculadas con el presunto desvío de recursos.
Esas grabaciones, recordó, fueron aportadas como pruebas en los dos recursos ante el tribunal, pero éstas, son inadmisibles por inconstitucionales.
Respecto de los agravios hechos valer, tanto por la coalición como por el partido actor sobre la utilización de recursos públicos del mandatario local para apoyar la candidatura de Duarte de Ochoa, éstos se declaran unos inoperantes y otros infundados.
Lo anterior, en razón de que sustentan en las grabaciones de supuestas conversaciones telefónicas sostenidas por el referido servidor público con otras personas, las cuales se consideran inadmisibles.
Ello, explicó, toda vez que "su obtención constituyó un ilícito constitucional, toda vez que el Artículo 16 Constitucional, consagra la inviolabilidad de las comunicaciones y prohibe expresamente en materia electoral las mismas se intervengan".
Tampoco se acreditó, añade el proyecto de dictamen, la supuesta guerra sucia contra el candidato panista, por supuestos actos de represión, corrupción y pederastia.
CIUDAD DE MÉXICO (26/OCT/2020).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (
El pleno de la Sala Superior del TEPJF aprobó en sesión sobreseer las impugnaciones relativas a los recursos de inconformidad, confirmar la validez de la elección de gobernador en aquella entidad y otorgar la constancia de mayoría y validez a Duarte de Ochoa.
La víspera, la coalición Para cambiar Veracruz, integrada por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Convergencia presentó el juicio de revisión constitucional electoral SUP-JRC.244/2010.
A éste se le sumó el SUPO-JRC-245/2010, que promovió el Partido Acción Nacional (PAN), contra del Tribunal Electoral de Veracruz.
Correspondió al magistrado Manuel González Oropeza presentar el proyecto de dictamen que fue votado a favor, pero provocó un largo debate, debido a que algunos magistrados consideraron que el juicio promovido por el PAN debería ser sobreseído.
Ello porque María del Carmen Alanís y Flavio Galván expusieron que fue firmado por representantes ante 30 consejos distritales, entre quienes no aparecen algunas de las personas registradas o acreditadas en la cláusula de coalición suscrita por el PAN y Nueva Alianza.
Los magistrados votaron por mayoría por la acumulación de los dos juicios de revisión constitucional, aunque el que presentó el PAN fue con el voto en contra de Galván Rivera y Alanís Figueroa.
Sin embargo, el dictamen vinculado al cómputo final de la elección de gobernador, declaración de validez de la elección y de gobernador electo, así como de otorgamiento de la constancia respectiva fue aprobado por unanimidad por los siete magistrados.
Por lo anterior, se aprobó comunicar esta resolución de la Sala Superior del TEPJF al Congreso de Veracruz, para los efectos previstos en el Artículo 45 de la Constitución Política de aquella entidad, relativos al acto de toma de posesión y la rendición formal de protesta.
En su proyecto, González Oropeza expuso que se acreditaron algunas irregularidades como inconsistencias del padrón electoral, robo de papelería en dos casillas.
Además de la difusión de revistas en periodo prohibido (de veda) y una conducta inadecuada de los medios de comunicación por no transmitir el debate de los contendientes.
Sin embargo, el ponente del proyecto consideró que lo anterior fue insuficiente para revocar la validez del cómputo de los comicios para gobernador de Veracruz, por lo que convalidó el triunfo del priista Duarte de Ochoa.
Al exponer su proyecto de acuerdo, González Oropeza abordó cada uno de los agravios alegados por el PAN y por la coalición Para Cambiar Veracruz, que impugnaron en recursos diferentes el triunfo del abanderado del partido tricolor.
Para defender el triunfo de su candidato, Miguel Ángel Yunes, el PAN alegó campañas sucias, intervención del gobernador Fidel Herrera y uso indebido de recursos, entre otros puntos.
En su proyecto de sentencia, González Oropeza se refirió en particular a las grabaciones al gobernador de Veracruz, Fidel Herrera, con supuestas conversaciones telefónicas sostenidas con otros funcionarios y vinculadas con el presunto desvío de recursos.
Esas grabaciones, recordó, fueron aportadas como pruebas en los dos recursos ante el tribunal, pero éstas, son inadmisibles por inconstitucionales.
Respecto de los agravios hechos valer, tanto por la coalición como por el partido actor sobre la utilización de recursos públicos del mandatario local para apoyar la candidatura de Duarte de Ochoa, éstos se declaran unos inoperantes y otros infundados.
Lo anterior, en razón de que sustentan en las grabaciones de supuestas conversaciones telefónicas sostenidas por el referido servidor público con otras personas, las cuales se consideran inadmisibles.
Ello, explicó, toda vez que "su obtención constituyó un ilícito constitucional, toda vez que el Artículo 16 Constitucional, consagra la inviolabilidad de las comunicaciones y prohibe expresamente en materia electoral las mismas se intervengan".
Tampoco se acreditó, añade el proyecto de dictamen, la supuesta guerra sucia contra el candidato panista, por supuestos actos de represión, corrupción y pederastia.
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