México
Tribunal impone amonestación al PAN y Preciado
Son sancionados por actos anticipados de campaña tras encontrar dos bardas con contenido proselitista
Preciado Rodríguez.
La determinación de inobservancia a la normativa electoral, acordada por unanimidad, se dio tras el hallazgo de dos bardas con contenido proselitista en las ciudades de Tecomán y Villa de Álvarez durante la etapa de intercampaña, lo que representa un acto anticipado de campaña.
Durante la sesión pública, la magistrada ponente Gabriela Villafuerte Coello destacó que más allá de ser propaganda electoral del proceso ordinario o extraordinario, lo trascendente es el posicionamiento del candidato frente al electorado con un llamado a votar por él previo a los plazos legales.
"Es decir, lo importante es el contenido del mensaje", resaltó la magistrada; "las bardas se encontraron el 5 de diciembre, estábamos en una fase del proceso electoral extraordinario, donde los partidos políticos podían difundir propaganda, pero propaganda genérica".
Explicó que al ser un periodo electoral extraordinario, los partidos políticos debieron "respetar a la ciudadanía" al retirar la propaganda de los comicios ordinarios e instalar nueva propaganda.
La ciudadanía en Colima tiene derecho a que después de la finalización del proceso electoral ordinario, se limpie la ciudad de toda propaganda electoral y que se le prepare para el proceso electoral extraordinario.
Los actores políticos participantes deben, además, respetar todos los principios del proceso electoral en las distintas fases de la nueva contienda.
Los candidatos a la gubernatura de Colima celebrarán un debate el próximo domingo y el día 17 de enero los ciudadanos elegirán a través de su voto, quién deberá de tomar las riendas de la entidad.
CIUDAD DE MÉXICO (07/ENE/2016).- La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) impuso una amonestación pública al Partido Acción Nacional y a su abanderado a la gubernatura de Colima, Jorge Luis
La determinación de inobservancia a la normativa electoral, acordada por unanimidad, se dio tras el hallazgo de dos bardas con contenido proselitista en las ciudades de Tecomán y Villa de Álvarez durante la etapa de intercampaña, lo que representa un acto anticipado de campaña.
Durante la sesión pública, la magistrada ponente Gabriela Villafuerte Coello destacó que más allá de ser propaganda electoral del proceso ordinario o extraordinario, lo trascendente es el posicionamiento del candidato frente al electorado con un llamado a votar por él previo a los plazos legales.
"Es decir, lo importante es el contenido del mensaje", resaltó la magistrada; "las bardas se encontraron el 5 de diciembre, estábamos en una fase del proceso electoral extraordinario, donde los partidos políticos podían difundir propaganda, pero propaganda genérica".
Explicó que al ser un periodo electoral extraordinario, los partidos políticos debieron "respetar a la ciudadanía" al retirar la propaganda de los comicios ordinarios e instalar nueva propaganda.
La ciudadanía en Colima tiene derecho a que después de la finalización del proceso electoral ordinario, se limpie la ciudad de toda propaganda electoral y que se le prepare para el proceso electoral extraordinario.
Los actores políticos participantes deben, además, respetar todos los principios del proceso electoral en las distintas fases de la nueva contienda.
Los candidatos a la gubernatura de Colima celebrarán un debate el próximo domingo y el día 17 de enero los ciudadanos elegirán a través de su voto, quién deberá de tomar las riendas de la entidad.
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