México

Tren Parlamentario

Partido agazapado

El Partido Acción Nacional (PAN) se presentó ayer al periodo extraordinario como los tigres que han olisqueado a su presa: agazapados y rezumando por los colmillos la traición. Pero el Revolucionario Institucional (PRI) lo atoró con una red que con prontitud han asido también el resto de los partidos de oposición. Con ello —si el Senado lo refrendara— le estarían colocando una tranca al partido en el poder para que no vaya a agandallarse otra vez una elección presidencial. No, al menos, como lo hizo en julio de 2006.

Discutía el Pleno de San Lázaro la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. Y por los reclamos que se escuchaban, cuando varios diputados separaron una treintena de artículos para discutirlos en lo particular, se confirmaba que el dictamen había llegado con los dados cargados.

En su artículo 78, la minuta que había enviado el Senado, misma que modificaron en la víspera silenciosamente las Comisiones Unidas de Justicia y de Gobernación, el dictamen “empanizado” de la minuta decía que se había incluido la posibilidad de la nulidad de la elección de Presidente de la República (sólo) “cuando se hayan cometido en forma generalizada violaciones sustanciales en la jornada electoral, que (además) se encuentren plenamente acreditadas y se demuestre que las mismas fueron determinantes para el resultado de la elección”.

Entre quienes se apuntaron para proponer cambios de última hora al dictamen de la minuta —por la vía de la reservación de artículos en lo particular—, figuró el diputado federal priista Fernando Moctezuma Pereda, quien, de entrada, descalificó el trabajo de las Comisiones Unidas aquéllas, que presiden el priista César Camacho Quiroz (Justicia) y el panista Diódoro Carrasco Altamirano (Gobernación).

El PRI, en voz de Moctezuma, criticó que la nulidad de la elección de Presidente de la República sólo se sustente en la violación generalizada de la jornada electoral, es decir durante el día de la votación, y no considere para los mismos efectos al proceso electoral en su conjunto.

Incluso, advertía el priista, cuando “la experiencia recogida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la elección presidencial de 2006, una de las más competidas en la historia mexicana, permite afirmar que muchos de los actos impugnados ocurrieron antes de la jornada electoral, como fueron las participaciones de grupos empresariales, la publicación de cierta propaganda política cuestionada desde el derecho constitucional de libertad de expresión y la dignidad de las personas, así como la supuesta intervención de autoridades a favor o en contra de candidatos”.

Y era por esto que el PRI, argumentaba Moctezuma Pereda, que la redacción final del artículo 78 debía cambiar la expresión “en la jornada electoral”, por “durante el proceso electoral en el distrito, Entidad de que se trate o en el territorio nacional”.

Pero también el PRI agregaba otro elemento para la nulidad de elección presidencial: “Cuando se rebasen los topes de gastos de campaña y esto sea determinante para el resultado de la elección”.

El PRI, sin embargo, no escapó de su propia red. Hacía unos minutos, el Partido de la Revolución Dermocrática (PRD), en voz de la lopezobradorista Valentina Batres, había propuesto —cuando reservó ésta el artículo 189 de la ley de marras— se considerara como causal de nulidad de la casilla cuando se confirmen que se ejercieron recursos de origen ilícito. “O sea”, insistía Batres, “recursos utilizados por el narcotráfico. Pero no quieren. Quieren seguir hablando desde las tribunas que ocupan sobre el narco, sobre la delincuencia organizada, pero no quieren ser auténticos, quieren seguir simulando”.

Aunque Valentina se había dirigido al PAN —“que no quiere ir más allá, porque no quiere que las anomalías en las casillas trasciendan a la contabilidad total de la elección de que se trate”—, el PRI no movió un voto en favor de la modificación del 189, incluso cuando el sentido fiscalizador iba en la misma dirección que ellos plantearon en el artículo 78.

Sólo dos oradores habían hecho mención de Andrés Manuel López Obrador. No hicieron falta más menciones. Todo el mundo sabía ahí que la ley estaba dedicada a él y a Felipe Calderón.
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