México
Suprema Corte avala que jueces conozcan de narcomenudeo
Jueces del país tienen la obligación de llevar los procesos penales de este delito
La Primera Sala del alto tribunal puntualizó que los jueces del fuero común tampoco podrán conocer de delitos contra la salud cuando se trate del destino y destrucción de narcóticos, pero podrán resolver los procedimientos penales sobre narcomenudeo en su respectiva entidad federativa.
La Corte definió los alcances del artículo Primero Transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, publicado el 20 de agosto de 2009.
Así lo determinó el alto tribunal al resolver 22 amparos promovidos por presuntos narcomenudistas, y puntualizó que estas normas tienen como objeto eficientar la labor del Estado en materia de combate al narcomenudeo.
Subrayó que de esta manera, el legislativo previó un sistema de justicia concurrente entre autoridades locales y federales, y otorgó competencia a los jueces del fuero común para resolver sobre dichos delitos y deja para el nivel federal, el destino y destrucción de narcóticos.
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