México

Suprema Corte atrae amparos de policías por New's Divine

Cuatro de los siete elementos de la SSPDF están inculpados por homicidio

CIUDAD DE MÉXICO (11/FEB/2015).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN) resolvió siete solicitudes de ejercicio de facultad de atracción, todas ellas de 2014 y presentadas por el Ministro José Ramón Cossío Díaz, relacionadas con el caso de la discoteca “New's Divine”.

Al resolverlas, atrajo los amparos directos promovidos por los siete elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal inculpados, cuatro de ellos, por homicidio y lesiones, y los demás por el delito ilegal del servicio público, por hechos acontecidos en el ejercicio de sus funciones.

"La atracción de estos asuntos reafirma la trascendencia e importancia jurídica del caso, tal como se había evidenciado cuando la propia Primera Sala, en sesión de 24 de septiembre de 2014, atrajo los tres primeros amparos directos promovidos por servidores públicos, a quienes se les atribuye responsabilidad penal por la muerte y lesiones de varias personas en ese hecho. La decisión de la Primera Sala le permite tener un panorama completo para pronunciarse jurídicamente sobre los hechos ocurridos en dicha discoteca", dice un comunicado de la SCJN.

Durante el gobierno de Marcelo Ebrard, la Secretaría organizó un operativo para realizar una verificación en el New's Divine, supuestamente en atención a una queja vecinal en la que se informó que se realizaban tardeadas a las que acudían menores de edad, a quienes se les vendía alcohol y drogas. En dicho operativo se ordenó a un grupo de policías que formaran una valla en la puerta principal del local. Sin embargo, los jóvenes al advertir que pretendían detenerlos, se aglutinaron en su intento por salir del lugar. Como resultado de lo anterior, varias personas que estaban en el establecimiento perdieron la vida y otras tantas resultaron lesionadas.

Luego de la remoción de Joel Ortega como secretario de Seguridad Pública del DF, los quejosos fueron considerados penalmente responsables por los delitos referidos, algunos de ellos por ordenar que no salieran las personas y no rompieran la formación de valla, y los demás por formar la contención referida. Inconformes, interpusieron apelación y los amparos que solicitaron atraer a este Alto Tribunal.

Sin prejuzgar el fondo del asunto, la Primera Sala determinó que el análisis de la situación descrita constituye un tema de importancia y trascendencia.
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