México
SME, sin representación legal
En próximos días, requerirían renovar a su directiva en una nueva elección
SME) estárá vigente hasta el próximo 14 de julio, mientras que a la otra parte le fue negado el reconocimiento oficial, con lo que la organización se quedará sin representación formal y jurídica.
La dirigencia del SME está divida en dos grupos: el primero, integrado por 13 carteras, incluida la Secretaría General, que no cuentan con toma de nota debido a que la Junta Federal del Conciliación y Arbitraje anuló las elecciones donde se renovarían esos cargos, efectuadas del 6 de abril al 14 de julio de 2009.
El grupo dos, formado por otras 13 carteras que sí tienen toma de nota otorgada por la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, su vigencia vence el próximo 14 de julio.
La situación para esta agrupación sindical es endeble en términos de representación jurídica y formal toda vez que para poder renovar a su directiva requerirían de una nueva elección, pero no existen condiciones internas que hagan posible un proceso legal adecuado.
Dicha circunstancia restringirá las posibilidades de acción del SME para futuras actuaciones legales en la defensa de sus intereses, o bien para el manejo de su patrimonio consistente en cuentas bancarias, inmuebles y otros activos que tiene el sindicato.
No obstante, esta agrupación tendría personalidad jurídica y patrimonio propio, pues se trata de una persona moral de acuerdo con el Artículo 25 del Código Civil Federal y está constituido como un sindicato de industria.
CIUDAD DE MÉXICO (10/JUL/2010).- La toma de nota de la mitad del Comité Ejecutivo del Sindicato Mexicano de Electricistas (
La dirigencia del SME está divida en dos grupos: el primero, integrado por 13 carteras, incluida la Secretaría General, que no cuentan con toma de nota debido a que la Junta Federal del Conciliación y Arbitraje anuló las elecciones donde se renovarían esos cargos, efectuadas del 6 de abril al 14 de julio de 2009.
El grupo dos, formado por otras 13 carteras que sí tienen toma de nota otorgada por la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, su vigencia vence el próximo 14 de julio.
La situación para esta agrupación sindical es endeble en términos de representación jurídica y formal toda vez que para poder renovar a su directiva requerirían de una nueva elección, pero no existen condiciones internas que hagan posible un proceso legal adecuado.
Dicha circunstancia restringirá las posibilidades de acción del SME para futuras actuaciones legales en la defensa de sus intereses, o bien para el manejo de su patrimonio consistente en cuentas bancarias, inmuebles y otros activos que tiene el sindicato.
No obstante, esta agrupación tendría personalidad jurídica y patrimonio propio, pues se trata de una persona moral de acuerdo con el Artículo 25 del Código Civil Federal y está constituido como un sindicato de industria.
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