México

Niega IFE que enviara a CIRT documento para prohibir debates

Los medios de comunicación pueden difundir o celebrar debates en el marco del interés periodístico, de sus audiencias

CIUDAD DE MÉXICO (17/ENE/2012).- El consejero Alfredo Figueroa aclaró que el IFE no ha enviado a la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) algún documento, prohibición o medida cautelar que impida la celebración de debates en los medios de comunicación.  

Señaló que los medios de comunicación pueden difundir o celebrar debates en el marco del interés periodístico, de sus audiencias y de las razones que por regla general tienen para seguir una determinada noticia, siempre y cuando no sea con fines propagandísticos o haya una contratación de por medio.  

Figueroa Fernández dijo desconocer las razones por las cuales un medio radiofónico suspendió el debate entre los precandidatos de izquierda a la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal o el contenido de una carta en la que explica la decisión.  

''No conozco el contenido de esa carta ni sé cuál es el motivo por el que la CIRT, en su caso, advirtió de la no realización de esos debates; es en realidad un asunto que debiera dirimirse en el ámbito gremial'', expuso.  

El consejero electoral destacó que ''no teniendo conocimiento de si es una interpretación de la CIRT, periodística, o no teniendo conocimiento de la propia carta, desconozco con toda precisión cuáles son las razones por las que llevaron a suspender un debate entre precandidatos''.  

A pregunta expresa, aclaró que en ningún caso y bajo ninguna circunstancia se ha restringido o se restringirá la libertad de expresión de los medios de comunicación, pues ésta se encuentra garantizada en la Constitución mexicana.  

''Antes al contrario, cuando existe una duda en las decisiones en términos de si se trata efectivamente en el ejercicio de la libertad o de otra índole la autoridad se ha pronunciado por garantizar el derecho a la libertad en términos generales'', señaló.  

En ese sentido recordó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió en el caso del debate celebrado en Nayarit entre precandidatos que se había adquirido propaganda en radio y televisión.  

''En ese caso el tribunal planteó no una prohibición de debates, sino que imputó responsabilidad a los debatientes y a los partidos políticos que formaban parte de la coalición porque habían contratado o adquirido propaganda en radio y televisión, que es la prohibición que existe'', explicó.  

El presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Federal Electoral (IFE) opinó que 'no hay que confundir: una cosa es adquirir propaganda y otra la celebración de debates'.  

Precisó que la radio y la televisión podrán retransmitir, 'sí así lo desean', la señal que generará vía Internet el Partido Acción Nacional (PAN) del debate entre sus precandidatos presidenciales, siempre y cuando, insistió, sea con fines periodísticos y no propagandísticos ni haya una contratación de por medio.  

''Es un ejercicio que ellos pueden realizar de modo abierto, lo que no puede hacer el partido es pagar o convenir para su difusión, eso está prohibido'', reiteró.  

Figueroa Fernández comentó que los medios de comunicación deben tener claro que cuando se trata de un ejercicio periodístico ''no hay ningún problema'', dado que están protegidos por la Constitución que establece claramente su derecho a la libertad de expresión.  

''Así como cada medio debe tener claro que si no se trata de un ejercicio periodístico sino de una contratación, de una adquisición de propaganda, eso está prohibido por la Constitución; eso lo deben saber quienes son los sujetos regulados, los partidos, los precandidatos y los propios medios de comunicación'', puntualizó.  
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