México

Legisladores pueden ser demandados por sus dichos, determina SCJN

Sí procede juzgar al panista Germán Martínez, por afirmar que el priista Manuel Barlett había sido responsable del fraude electoral de 1988

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció límites a las opiniones que pueden o no emitir los diputados y senadores en actividades ajenas a su función legislativa.

Los diputados y senadores, resolvió, sí pueden ser demandados y sometidos a juicios civiles por daño moral, por las opiniones que emitan y que afecten a terceros, cuando no estén ejerciendo actividades o funciones relacionadas con su cargo.

Por ocho votos contra tres, la mayoría de ministros del alto tribunal, determinó que de acuerdo con lo establecido en artículo 61 de la Constitución, los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que realizan dentro o fuera del recinto legislativo, pero únicamente, cuando las emitan en el desempeño de su cargo.

Las opiniones, precisó, que viertan en funciones ajenas a su labor legislativa no gozan de la protección que les otorga la Constitución.

La inviolabilidad parlamentaria que tienen los legisladores por las opiniones que emiten, explicó el ministro Arturo Zaldivar, durante la discusión, es diferente a la inmunidad parlamentaria o procesal de que también gozan, y que comúnmente se conoce como “fuero”, y que sirve para no ser procesados por algún delito, sin antes habérseles quitado esta protección.

La Corte limitó y acotó las expresiones de los legisladores al resolver un juicio de amparo que enfrentó al ex senador priista Manuel Bartlett con el ex diputado panista Germán Martínez.

En este caso el máximo tribunal resolvió que sí procede juzgar por daño moral al ex líder nacional del Partido Acción Nacional (PAN) y ex secretario de la Función Pública, Germán Martínez, por haber afirmado que el priísta había sido responsable del fraude electoral de 1988 y por haber asegurado que también era el responsable del asesinato del periodista Manuel Buendía, ocurrido en 1984.

La declaración de Germán Martínez se dio en el contexto de un debate en el Instituto Federal Electoral (IFE) en torno a la visita y declaraciones del ex presidente de España, José María Aznar, en el que se cuestionó el llamado que había hecho Bartlett para que se usara el voto útil en favor de la candidatura presidencial de Andrés Manuel López Obrador.

La declaración de Martínez la hizo, en ese momento, en su calidad de representante del PAN y no como diputado.

Para refutar ese dicho, Bartlett, quien al momento de los hechos era senador, demandó al panista por daño moral.

Con el apoyo de una serie de abogados penalistas, entre ellos el ahora secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, Germán Martínez logró que el Tribunal Superior de Justicia del DF resolviera que no se le podía juzgar dado que era diputado al momento de hacer sus declaraciones y contaba con el fuero y la inmunidad inherente al cargo de legislador.

Inconforme con esta media el también ex gobernador de Puebla, Manuel Bartlett, promovió un juicio de amparo, el cual después de pasar por dos instancias llegó hasta la Suprema Corte de Justicia, en donde, por mayoría de votos, el Pleno del máximo tribunal determinó que Germán Martínez no gozaba de protección constitucional al momento de emitir sus opiniones ante el IFE.

Esto último porque sus declaraciones las había hecho en su calidad de representante de su partido, el PAN, y no en su calidad de diputado, por lo que no gozaba de la inviolabilidad parlamentaria que protege la Constitución.

Por este motivo giró instrucciones para que otro tribunal revise sí con sus declaraciones Germán Martínez le causó un daño moral a Manuel Bartlett.
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