México

La Suprema Corte de Justicia valida el “divorcio exprés”

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló los llamados “divorcios exprés”, que se establecieron en el Distrito Federal desde hace un año

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló los llamados “divorcios exprés”, que se establecieron en el Distrito Federal desde hace un año.

El máximo tribunal del país declaró validas las reformas que se emitieron en la capital con base en las que se estableció que, después de un año de matrimonio, basta con que uno de los dos cónyuges ya no quiera continuar con la unión para que se autorice el divorcio, sin que tenga que señalar la causa que lo llevó a tomar dicha decisión.

La Corte emitió esta decisión al negarse a amparar a una mujer que buscaba anular el divorcio que había logrado su ex esposo, con base en estas nuevas reglas.

De acuerdo con la sentencia emitida por la Corte, el también llamado “divorcio sin causales”, no atenta contra la sociedad ni la familia; por el contrario, la protege y fortalece al tratar de evitar conflictos en la disolución del vínculo matrimonial, así como enfrentamientos entre personas y familias que alienten entre ellos la posibilidad de odio, violencia, egoísmo y acciones maliciosas.

Con base en dichos criterios, dados a conocer por la Corte a través de un comunicado de prensa, se declaró la validez de los artículos 266 y 267 del Código Civil para el Distrito Federal, en los que se estableció el llamado “divorció exprés” desde octubre de 2008.

El primero de ellos señala que el divorcio podrá solicitarse por uno o ambos cónyuges cuando cualquiera de ellos lo reclame ante la autoridad judicial, manifestando su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin que se requiera señalar la causa por la cual se solicita, siempre que haya transcurrido cuando menos un año desde la celebración del mismo.

En tanto, el artículo 267 establece que el cónyuge que unilateralmente desee promover el juicio de divorcio deberá acompañar a su solicitud, la propuesta de convenio para regular las consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial.

Los ministros expusieron que a través del “divorcio sin causales”, se buscó evitar la parte contenciosa del antiguo proceso de divorcio.
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