México
La SCJN revoca amparo a Caro Quintero
Con la decisión, el ex líder del Cártel de Jalisco tendría que regresar a prisión en caso de que fuera localizado
SCJN) revocó el amparo solicitado por el narcotraficante
Rafael Caro Quintero.
El proyecto, presentado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, revierte el fallo del Tribunal Colegiado que ordenó su excarcelación, lo que implicaría, con efecto inmediato, que el ex líder del cártel de Jalisco tendría que regresar a prisión, en caso de que fuera localizado.
El ministro Zaldívar propuso que el expediente regrese al mismo Tribunal, para que se revisen los aspectos de legalidad de la sentencia de 40 años que purgaba el narcotraficante por el secuestro y asesinato del agente de la DEA, Enrique “Kiki” Camarena Salazar, y el piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar, para que se emita una nueva condena, que podría ser en el mismo sentido que al anterior.
En la revisión del caso que llegó a la SCJN, el ministro concede la razón a la Procuraduría General de la República (PGR), ya que a diferencia de lo que estableció el Tribunal Colegiado para dejar en libertad a Caro Quintero, el secuestro y homicidio de ambas víctimas sí es de competencia federal.
Por lo tanto, el juzgado que emitió la sentencia sí estaba legalmente facultado para llevar el proceso y sentenciar al inculpado por los crímenes cometidos en 1985.
De acuerdo con el proyecto del ministro Zaldívar, los delitos eran federales ya que al momento de perpetrarse el plagio y los homicidios Camarena Salazar era un agente activo de la DEA y tenía el carácter de diplomático durante su estancia en el país, mientras que el piloto Zavala Avelar era piloto de la Secretaría de Agricultura, por tanto era funcionario federal.
Con esto se echan por tierra los argumentos que sustentaron el fallo de los magistrados del Tribunal Colegiado que ampararon al capo, ya que ellos concluyeron que los delitos eran del fuero común, que el perfil de las víctimas no era suficiente para considerarlo un crimen del orden federal, por lo que fue ilegal que un juzgado local juzgara y sentenciara a Caro Quintero.
CIUDAD DE MÉXICO (06/NOV/2013).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (
El proyecto, presentado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, revierte el fallo del Tribunal Colegiado que ordenó su excarcelación, lo que implicaría, con efecto inmediato, que el ex líder del cártel de Jalisco tendría que regresar a prisión, en caso de que fuera localizado.
El ministro Zaldívar propuso que el expediente regrese al mismo Tribunal, para que se revisen los aspectos de legalidad de la sentencia de 40 años que purgaba el narcotraficante por el secuestro y asesinato del agente de la DEA, Enrique “Kiki” Camarena Salazar, y el piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar, para que se emita una nueva condena, que podría ser en el mismo sentido que al anterior.
En la revisión del caso que llegó a la SCJN, el ministro concede la razón a la Procuraduría General de la República (PGR), ya que a diferencia de lo que estableció el Tribunal Colegiado para dejar en libertad a Caro Quintero, el secuestro y homicidio de ambas víctimas sí es de competencia federal.
Por lo tanto, el juzgado que emitió la sentencia sí estaba legalmente facultado para llevar el proceso y sentenciar al inculpado por los crímenes cometidos en 1985.
De acuerdo con el proyecto del ministro Zaldívar, los delitos eran federales ya que al momento de perpetrarse el plagio y los homicidios Camarena Salazar era un agente activo de la DEA y tenía el carácter de diplomático durante su estancia en el país, mientras que el piloto Zavala Avelar era piloto de la Secretaría de Agricultura, por tanto era funcionario federal.
Con esto se echan por tierra los argumentos que sustentaron el fallo de los magistrados del Tribunal Colegiado que ampararon al capo, ya que ellos concluyeron que los delitos eran del fuero común, que el perfil de las víctimas no era suficiente para considerarlo un crimen del orden federal, por lo que fue ilegal que un juzgado local juzgara y sentenciara a Caro Quintero.
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