México
La PGR apela libertad de hijo de Andrés Granier
La dependencia federal recuerda que Fabián está sujeto a tres causas penales
libertad bajo caución de Fabián Granier Calles, hijo del exgobernador de Tabasco, Andrés Granier Melo, tras el pago de siete millones 811 mil pesos.
Granier Calles está sujeto a tres causas penales, en las que se le dictaron autos de formal prisión por defraudación fiscal durante tres años, sin embargo los jueces federales fijaron fianzas por tratarse de un delito no grave.
“Esta Representación Social no comparte los criterios de valoración, por lo cual, en uso de sus atribuciones, la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales (SEIDF) interpuso el recurso de apelación correspondiente. En esos términos, será un Tribunal Unitario quien revise y, en su caso, modifique o revoque los acuerdos impugnados”, informó la PGR.
Detalló que el Ministerio Público de la Federación se opuso a la caución otorgada al inculpado en razón de que ya se le había dictado auto de formal prisión en otra causa penal por idéntico delito, por lo cual, no debería concedérsele dicho beneficio, en función de lo que establece el Artículo 399 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales: “En caso de delitos no graves, el Juez podrá negar a solicitud del Ministerio Público, la libertad provisional del inculpado, cuando éste… esté sujeto a otro u otros procesos penales anteriores, en los cuales se le haya dictado auto de formal prisión por el mismo género de delitos”.
CIUDAD DE MÉXICO (20/ABR/2016).- La Procuraduría General de la República (PGR) apeló la
Granier Calles está sujeto a tres causas penales, en las que se le dictaron autos de formal prisión por defraudación fiscal durante tres años, sin embargo los jueces federales fijaron fianzas por tratarse de un delito no grave.
“Esta Representación Social no comparte los criterios de valoración, por lo cual, en uso de sus atribuciones, la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales (SEIDF) interpuso el recurso de apelación correspondiente. En esos términos, será un Tribunal Unitario quien revise y, en su caso, modifique o revoque los acuerdos impugnados”, informó la PGR.
Detalló que el Ministerio Público de la Federación se opuso a la caución otorgada al inculpado en razón de que ya se le había dictado auto de formal prisión en otra causa penal por idéntico delito, por lo cual, no debería concedérsele dicho beneficio, en función de lo que establece el Artículo 399 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales: “En caso de delitos no graves, el Juez podrá negar a solicitud del Ministerio Público, la libertad provisional del inculpado, cuando éste… esté sujeto a otro u otros procesos penales anteriores, en los cuales se le haya dictado auto de formal prisión por el mismo género de delitos”.
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