México

Juez liberó a ''El Shaggy'' por falta de pruebas

El colegiado aclara que la decisión se basó por la falta de evidencia para sentenciar a Rubén Sifuentes Cadena

CIUDAD DE MÉXICO (17/OCT/2012).- El juez federal que en agosto ordenó la liberación de Rubén Sifuentes Cadena, “El Shaggy”, presunto homicida de José Eduardo Moreira, aclaró que su decisión estuvo fundamentada y se basó en la falta de evidencia para procesar al inculpado por un delito grave.

Samuel Meraz Lares, juez Séptimo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, informó que en auxilio del Juzgado Tercero de Distrito en Coahuila, con residencia en Piedras Negras, resolvió la situación jurídica de Sifuentes Cadena, quien fue consignado por posesión de mariguana con fines de comercio y posesión de cartuchos de uso exclusivo del Ejército.

Sifuentes Cadena fue consignado ante el Juzgado Tercero de Distrito de Coahuila, tras ser detenido el 31 de julio por elementos del Ejército, que al revisarlo le encontraron once dosis de hierba verde, al parecer mariguana, y un teléfono celular.

También durante la revisión del vehículo que tripulaba el activo, se aseguraron tres cargadores metálicos, cada uno, abastecido con treinta cartuchos calibre .223; cien dosis de hierba verde, al parecer mariguana; 20 cartuchos calibre .45, treinta y ocho cartuchos calibre 5.56 milímetros y un paquete rectangular confeccionado en cinta canela, con hierba verde y seca, al parecer mariguana.

El Ministerio Público federal consignó la averiguación previa derivada de estos hechos, esto es, únicamente por delito contra la salud en la modalidad de posesión de mariguana con fines de comercio (narcomenudeo), y posesión de cartuchos de uso exclusivo del Ejército, internándolo en Puente Grande.

Por el lugar de internación, correspondió resolver la situación jurídica del detenido al juez Meraz Lares, quien determinó reclasificar el delito contra la salud, por considerar que la posesión de mariguana fue simple, “al no advertir pruebas que demostraran, debidamente, que el narcótico asegurado estuviera destinado al comercio en su variante de venta”.

Ello porque, a los militares que practicaron la detención, sólo les constaba el hallazgo de la droga, “pero no proporcionaron dato objetivo de que el narcótico se poseyera con la finalidad de comerciarse, máxime que la cantidad de marihuana (890 gramos) fue menor a los cinco kilogramos previstos en la Ley General de Salud.

En su fallo, el juez consideró además que Sifuentes Cadena “no aceptó dedicarse a la venta de droga, por lo que se determinó que la sola presentación del narcótico era insuficiente para acreditar que éste estuviera destinado a comerciarse”.

El sábado pasado, Victoria Pacheco, titular de la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo, reveló que “El Shaggy” ya había sido capturado, que la PGR lo consignó “como debería ser”, pero que un juez lo dejó libre hace dos meses.
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