México
Isabel Miranda pide a telefónicas agilidad en casos de secuestro
Miranda de Wallace expresa que a la ley antisecuestros le faltan varias normas
En Jalisco se denuncia poco el secuestro
GUADALAJARA, JALISCO (03/MAR/2011).- La Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro que entró en vigor el 28 de febrero está incompleta, opinó la presidenta de Alto al Secuestro, Isabel Miranda de Wallace.
De visita en Jalisco —a donde acudió como invitada de la Comisión legislativa de Derechos Humanos del Congreso estatal—, la activista que impulsó la llamada ley antisecuestros reconoció que a la norma le faltan “muchas cosas”, y dijo que una de ellas es la de multar a las compañías telefónicas que no entreguen la información que se les pida en menos de 24 horas. “La información es vital para poder tener una mejor efectividad para traer de vuelta a la víctima”.
Desde el 1 de marzo y como parte de la ley antisecuestros, los ministerios públicos pueden solicitar a las empresas de telecomunicación información sobre números telefónicos, llamadas y suspensión de líneas, pero no obliga a las compañías proporcionar información dentro de las 24 horas.
Miranda de Wallace agregó que otro de los baches es la deducibilidad del pago de los rescates. “Si el Estado es incapaz de darnos protección, lo lógico es que los montos fueran deducibles de impuestos”.
GUADALAJARA, JALISCO (03/MAR/2011).- La Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro que entró en vigor el 28 de febrero está incompleta, opinó la presidenta de Alto al Secuestro, Isabel Miranda de Wallace.
De visita en Jalisco —a donde acudió como invitada de la Comisión legislativa de Derechos Humanos del Congreso estatal—, la activista que impulsó la llamada ley antisecuestros reconoció que a la norma le faltan “muchas cosas”, y dijo que una de ellas es la de multar a las compañías telefónicas que no entreguen la información que se les pida en menos de 24 horas. “La información es vital para poder tener una mejor efectividad para traer de vuelta a la víctima”.
Desde el 1 de marzo y como parte de la ley antisecuestros, los ministerios públicos pueden solicitar a las empresas de telecomunicación información sobre números telefónicos, llamadas y suspensión de líneas, pero no obliga a las compañías proporcionar información dentro de las 24 horas.
Miranda de Wallace agregó que otro de los baches es la deducibilidad del pago de los rescates. “Si el Estado es incapaz de darnos protección, lo lógico es que los montos fueran deducibles de impuestos”.
Síguenos en