México
Emiten criterios para segunda oportunidad de evaluación docente
El INEE presenta los lineamientos para maestros que obtuvieron resultados insuficientes en la primera valoración
(INEE) presentó este jueves los lineamientos para realizar una segunda oportunidad de
evaluación al desempeño para el personal docente y técnico docente en educación básica y media superior.
El documento publicado en el Diario Oficial de la Federación indica que el examen tiene la finalidad de medir la calidad y los resultados de la función que se desempeñe, así como asegurar que se cumpla con el perfil y el compromiso profesional que requiere el sistema escolar, para garantizar el derecho a la educación de calidad.
Esta segunda oportunidad de evaluación, que es obligatoria, es para quienes obtuvieron resultados insuficientes en su primera valoración de desempeño, y deberá llevarse a cabo en un plazo no mayor de 12 meses después de haberse presentado la primera.
Las reglas establecen que los docentes y técnicos docentes sujetos a una segunda oportunidad presentarán los instrumentos en los que se haya identificado insuficiencia en su primera evaluación.
En esta valoración se deberá considerar, además del dominio de conocimientos disciplinares, curriculares y didácticos, diversos elementos de la práctica profesional, tomando en cuenta la diversidad de los contextos sociales y culturales en los que se lleva a cabo.
Quienes obtengan un resultado insuficiente en este segunda examen serán reincorporados a los programas de regularización que determine la autoridad educativa competente, para sujetarse a una tercera oportunidad.
En esta evaluación podrá haber observadores durante la aplicación de instrumentos, quienes deberán estar debidamente acreditados por las autoridades educativas, las autoridades educativas locales y los organismos descentralizados, según corresponda.
CIUDAD DE MÉXICO (12/MAY/2016).- El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
El documento publicado en el Diario Oficial de la Federación indica que el examen tiene la finalidad de medir la calidad y los resultados de la función que se desempeñe, así como asegurar que se cumpla con el perfil y el compromiso profesional que requiere el sistema escolar, para garantizar el derecho a la educación de calidad.
Esta segunda oportunidad de evaluación, que es obligatoria, es para quienes obtuvieron resultados insuficientes en su primera valoración de desempeño, y deberá llevarse a cabo en un plazo no mayor de 12 meses después de haberse presentado la primera.
Las reglas establecen que los docentes y técnicos docentes sujetos a una segunda oportunidad presentarán los instrumentos en los que se haya identificado insuficiencia en su primera evaluación.
En esta valoración se deberá considerar, además del dominio de conocimientos disciplinares, curriculares y didácticos, diversos elementos de la práctica profesional, tomando en cuenta la diversidad de los contextos sociales y culturales en los que se lleva a cabo.
Quienes obtengan un resultado insuficiente en este segunda examen serán reincorporados a los programas de regularización que determine la autoridad educativa competente, para sujetarse a una tercera oportunidad.
En esta evaluación podrá haber observadores durante la aplicación de instrumentos, quienes deberán estar debidamente acreditados por las autoridades educativas, las autoridades educativas locales y los organismos descentralizados, según corresponda.
Síguenos en