México

Detenidos en el Zócalo piden tiempo para recolectar pruebas

Los presuntos culpables no podrán salir bajo fianza pues enfrentan delitos graves

CIUDAD DE MÉXICO (24/NOV/2014).- La defensa de las personas que permanecen detenidas desde el pasado 20 de noviembre por los incidentes en el Zócalo capitalino pidió al juez que lleva su caso más tiempo para aportar pruebas de su inocencia.

De acuerdo a un comunicado del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), los presuntos culpables rindieron su declaración preparatoria y pidieron la duplicidad del plazo constitucional para que se defina su situación jurídica, por lo que cuentan con 144 horas en lugar de 72.

El plazo vence a las 10:40 horas del próximo sábado 29 de noviembre para las tres mujeres y a las 12:30 para los ocho varones.

Sin embargo, los detenidos también fueron notificados que no tienen derecho a libertad bajo fianza, pues uno de los delitos que se les imputa es considerado grave, en términos del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

El Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el estado de Veracruz, con residencia en Xalapa, informó que el pasado 22 de noviembre, a las 16:30 horas, recibió el oficio número SEIDO/UEITA/14791/2014, suscrito por el Agente del Ministerio Público de la Federación, adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas, de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO), perteneciente a su vez a la Procuraduría General de la República ( PGR).

De acuerdo con la averiguación previa, la PGR atribuye su probable responsabilidad en la comisión de los delitos de homicidio en grado de tentativa, asociación delictuosa y motín, todos previstos en el Código Penal Federal.

Las tres mujeres fueron ingresadas al Centro Federal Femenil "Noroeste", con sede en Tepic, Nayarit, a las 09:02 horas del pasado sábado 22 de noviembre; mientras que los ocho hombres fueron consignados al Centro Federal de Readaptación Social número Cinco, en Cerro de León, municipio de Villa Aldama, Veracruz, a las 11:40 horas de ese mismo día.

El CJF informó que en el caso específico de Lawrence Maxwell Ilabaca, de nacionalidad chilena, se le informaron los derechos que por su calidad migratoria le consagra el artículo 20, apartado A, de la Constitución Política Federal, es decir, su derecho a contar con asistencia consular de su país al momento de rendir su declaración preparatoria, derecho del cual gozó en todo momento.

El desahogo de la diligencia de la declaración preparatoria de los presuntos inculpados se realizó por exhorto a los juzgados de turno en el lugar de su reclusión tanto en Tepic, Nayarit como en Villa Aldama, Veracruz.
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