México
Corte admite juicio de CNDH para proteger secreto periodístico
El ombudsman nacional argumenta que la violación de los derechos de los periodistas también se puede dar en el ámbito del civil
Suprema Corte de Justicia de la Nación, José de Jesús Gudiño Pelayo, admitió a trámite un juicio de acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para proteger el secreto periodístico y evitar que los periodistas puedan ser sancionados, por la vía civil, si se niegan a revelar sus "fuentes de información".
Como una de sus últimas acciones, previo a su relevo en el cargo, el presidente de la CNDH, José Luis Soberanes, impugnó las recientes reformas al Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal -publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el pasado 10 de septiembre- por considerar que violan la Constitución al afectar el derecho de los periodistas a mantener en secreto a sus fuentes de información.
En concreto, el ombusman nacional le pidió a la Corte declarar inconstitucional el artículo 322, del citado Código, el cual tiene por confesas a todas aquellas personas que se nieguen a comparecer en una prueba confesional, que se nieguen a declarar o cuando al hacerlo insistan en no responder afirmativa o negativamente a las preguntas que se les hagan.
Dicha medida no toma en cuenta, de acuerdo con la CNDH, el hecho de que ciertos individuos cuentan con una excusa que justifica su incumplimiento, como podría ser el caso de los abogados, los notarios y los ministros de culto.
Y, en especial, la Comisión hace énfasis en el derecho de los periodistas para no revelar sus fuentes, como consecuencia de la ética que exige el ejercicio de su profesión.
Derecho que se viola desde el momento en que de acuerdo con la norma impugnada, un periodista que ha sido citado a declarar no tiene la libertad de reservar su fuente, ya que aun negándose a revelarla se le tendrá por fictamente confeso.
Por este motivo, en su demanda, Soberanes argumentó que "la violación de los derechos de los periodistas no sólo acontece a la luz del derecho penal; también se puede dar en el ámbito del derecho civil, como se evidenció en la Recomendación 57/2009, relacionada con el acoso judicial a la libertad de expresión, la cual es universal, por lo que el derecho de un periodista a mantener en secreto el origen de una información debe ser tutelado y protegido en todos los ámbitos de la administración de justicia".
CIUDAD DE MÉXICO.- El ministro de la
Como una de sus últimas acciones, previo a su relevo en el cargo, el presidente de la CNDH, José Luis Soberanes, impugnó las recientes reformas al Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal -publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el pasado 10 de septiembre- por considerar que violan la Constitución al afectar el derecho de los periodistas a mantener en secreto a sus fuentes de información.
En concreto, el ombusman nacional le pidió a la Corte declarar inconstitucional el artículo 322, del citado Código, el cual tiene por confesas a todas aquellas personas que se nieguen a comparecer en una prueba confesional, que se nieguen a declarar o cuando al hacerlo insistan en no responder afirmativa o negativamente a las preguntas que se les hagan.
Dicha medida no toma en cuenta, de acuerdo con la CNDH, el hecho de que ciertos individuos cuentan con una excusa que justifica su incumplimiento, como podría ser el caso de los abogados, los notarios y los ministros de culto.
Y, en especial, la Comisión hace énfasis en el derecho de los periodistas para no revelar sus fuentes, como consecuencia de la ética que exige el ejercicio de su profesión.
Derecho que se viola desde el momento en que de acuerdo con la norma impugnada, un periodista que ha sido citado a declarar no tiene la libertad de reservar su fuente, ya que aun negándose a revelarla se le tendrá por fictamente confeso.
Por este motivo, en su demanda, Soberanes argumentó que "la violación de los derechos de los periodistas no sólo acontece a la luz del derecho penal; también se puede dar en el ámbito del derecho civil, como se evidenció en la Recomendación 57/2009, relacionada con el acoso judicial a la libertad de expresión, la cual es universal, por lo que el derecho de un periodista a mantener en secreto el origen de una información debe ser tutelado y protegido en todos los ámbitos de la administración de justicia".
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