México
Congreso elimina bajas por VIH en el Ejército
Buscan garantizar los derechos de igualdad y no discriminación de los militares
VIH Sida como causal de retiro.
En la sesión ordinaria del 15 de diciembre, última sesión de 2014, el pleno del Senado avaló en sus términos la minuta enviada por la Cámara de Diputados, que propone cambios a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a fin de garantizar los derechos humanos del personal militar.
''Las reformas eliminan la seropositividad al virus de inmunodeficiencia humana como causal de retiro, a fin de garantizar los derechos de igualdad y no discriminación del personal militar portador de dicha enfermedad, dando con ello cumplimiento a la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para hacer compatible la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas con la Convención Americana sobre Derechos Humanos'', detalla el documento.
Lo aprobado también establece como un requisito indispensable para determinar el retiro militar por incapacidad, la respectiva acreditación del padecimiento que se trate con certificados o dictámenes médicos suscritos, cuando menos, por dos médicos militares o navales especialistas.
En ese sentido, sólo aplicará el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida cuando implique la pérdida de funcionalidad para el desempeño de los actos del servicio.
Para este propósito se adicionó un párrafo, con el objetivo de señalar que en todos los casos en que sea medicamente posible, se debe ajustar el control y tratamiento médico a las actividades específicas del militar en cuestión, sin afectar al servicio y sin ningún tipo de discriminación.
Es decir, se busca la precisión para supeditar el retiro a la existencia de certificados o dictámenes médicos, con el objetivo de descartar la existencia de incapacidad laboral, mediante el análisis de la relación existente entre la sintomatología de enfermedad y las funciones militares.
''En este punto, el certificado o dictamen médico debe tomar como base las tareas que desarrolla el militar, para concluir si la enfermedad conlleva una disminución o anulación de su capacidad laboral'', dice parte de la explicación del dictamen.
En ese sentido, agrega el documento, considerar el padecimiento de inmunidad como causal de retiro en los términos prescritos por la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, es contrario a los principios de igualdad y no discriminación, en virtud de que el solo padecimiento no representa disminución o afectación inmediata en el desempeño de las funciones laborales.
El documento aprobado también deroga la lista actual de padecimientos que por producir trastornos funcionales de menos de 20 por ciento ameritan cambio de arma o servicio, y creó un nuevo artículo donde se especifican los 19 puntos donde se explican las enfermedades que sí pueden generar deficiencias en el desempeño militar.
Los antecedentes. Este dictamen que aún no es publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) fue propuesto a la Cámara de Diputados por el presidente Enrique Peña Nieto, el 22 de octubre de 2013.
El 19 de marzo de 2014, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó dicho dictamen, con una votación de 409 votos a favor, y el pasado 15 de diciembre el Senado avaló por unanimidad esta propuesta presidencial.
CIUDAD DE MÉXICO (26/DIC/2014).- El Congreso de la Unión concluyó la aprobación y turnó al Ejecutivo federal un dictamen que elimina de las leyes internas de las Fuerzas Armadas Mexicanas al
En la sesión ordinaria del 15 de diciembre, última sesión de 2014, el pleno del Senado avaló en sus términos la minuta enviada por la Cámara de Diputados, que propone cambios a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a fin de garantizar los derechos humanos del personal militar.
''Las reformas eliminan la seropositividad al virus de inmunodeficiencia humana como causal de retiro, a fin de garantizar los derechos de igualdad y no discriminación del personal militar portador de dicha enfermedad, dando con ello cumplimiento a la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para hacer compatible la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas con la Convención Americana sobre Derechos Humanos'', detalla el documento.
Lo aprobado también establece como un requisito indispensable para determinar el retiro militar por incapacidad, la respectiva acreditación del padecimiento que se trate con certificados o dictámenes médicos suscritos, cuando menos, por dos médicos militares o navales especialistas.
En ese sentido, sólo aplicará el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida cuando implique la pérdida de funcionalidad para el desempeño de los actos del servicio.
Para este propósito se adicionó un párrafo, con el objetivo de señalar que en todos los casos en que sea medicamente posible, se debe ajustar el control y tratamiento médico a las actividades específicas del militar en cuestión, sin afectar al servicio y sin ningún tipo de discriminación.
Es decir, se busca la precisión para supeditar el retiro a la existencia de certificados o dictámenes médicos, con el objetivo de descartar la existencia de incapacidad laboral, mediante el análisis de la relación existente entre la sintomatología de enfermedad y las funciones militares.
''En este punto, el certificado o dictamen médico debe tomar como base las tareas que desarrolla el militar, para concluir si la enfermedad conlleva una disminución o anulación de su capacidad laboral'', dice parte de la explicación del dictamen.
En ese sentido, agrega el documento, considerar el padecimiento de inmunidad como causal de retiro en los términos prescritos por la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, es contrario a los principios de igualdad y no discriminación, en virtud de que el solo padecimiento no representa disminución o afectación inmediata en el desempeño de las funciones laborales.
El documento aprobado también deroga la lista actual de padecimientos que por producir trastornos funcionales de menos de 20 por ciento ameritan cambio de arma o servicio, y creó un nuevo artículo donde se especifican los 19 puntos donde se explican las enfermedades que sí pueden generar deficiencias en el desempeño militar.
Los antecedentes. Este dictamen que aún no es publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) fue propuesto a la Cámara de Diputados por el presidente Enrique Peña Nieto, el 22 de octubre de 2013.
El 19 de marzo de 2014, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó dicho dictamen, con una votación de 409 votos a favor, y el pasado 15 de diciembre el Senado avaló por unanimidad esta propuesta presidencial.
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