México

Aplaza SCJN decisión sobre píldora

Los ministros determinaron que las normas oficiales no pueden incidir en ciertas materias de los estados

CIUDAD DE MÉXICO (20/MAY/2010).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN) aplazó por tercera vez la decisión sobre la constitucionalidad de la obligación que tienen los hospitales del país, de proporcionar la llamada píldora de emergencia a las mujeres víctimas de violación.  

El ministro Sergio Aguirre Anguiano argumentó esta vez que es necesario revisar el proyecto que declara la validez de esta disposición, debido a que, dijo, existe una contradicción entre el criterio actual de la Corte y el adoptado cuando se resolvió el tema de la despenalización del aborto en el Distrito Federal.  

Además, sostuvo que las normas oficiales mexicanas no pueden incidir en ciertas materias de los estados, y al respecto, aseguró que este mandato viola el artículo 4o de la Constitución de Jalisco, pues "obliga a los trabajadores a violar la Constitución y cometer un delito".  

Esto, apuntó, debido a que el aborto está tipificado como una conducta ilícita en el Código Penal de la entidad, cuyo gobernador, Emilio González Márquez,  impugnó la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046-SSA2-2005, que contiene la disposición de proporcionar la también llamada píldora del día siguiente a las víctimas de violación, previa autorización del Ministerio Público.  

Como resultado de este posicionamiento, el presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia ordenó que el proyecto del ministro Ramón Cossío Díaz se modifique, en el sentido de que se establezca que las NOM sí pueden obligar a los estados respecto a diversos temas, en este caso el de la salud.  

De esta forma, el asunto se retomará el próximo lunes, cuando se espera que sea votado en definitiva, y con la posición de la mayoría que respalda la constitucionalidad de esta NOM emitida por el Ejecutivo Federal.  
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