México

Amparo de edil de Iguala no contempla delitos graves

El Juzgado puntualiza que la medida no surte efectos si las órdenes se refieren a actos graves

CIUDAD DE MÉXICO (10/OCT/2014).- El Juzgado Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal informó que la suspensión provisional otorgada al alcalde de Iguala con licencia, José Luis Abarca Velázquez, no lo ampara contra órdenes por delitos graves.

En una tarjeta informativa, recordó que el edil promovió el pasado 6 de octubre una demanda de amparo contra actos de diversas autoridades estatales, federales y jurisdiccionales, señalando como actos reclamados órdenes de localización y/o búsqueda, presentación, detención, arraigo, aprehensión y su ejecución.

"La autoridad jurisdiccional admitió la demanda a trámite y concedió la suspensión provisional cuyos efectos, exclusivamente, son para que el quejoso no sea privado de su libertad, con motivo de las órdenes reclamadas, hasta en tanto se resuelva en definitiva el amparo".

El Juzgado puntualizó que la medida no surte efectos si dichas órdenes reclamadas se refieren a delitos considerados como graves.

Añadió que hasta el momento, 15 juzgados locales y federales de Guerrero y dos autoridades de la Procuraduría estatal han rendido informes correspondientes "negando" la existencia de los actos reclamados por el quejoso.

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