México

La nueva ley federal obliga a unificar instalación de bolardos

En la Zona Metropolitana de Guadalajara este tipo de equipamiento urbano proliferó sin criterio unificado de instalación, formas, tamaños o materiales 

La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial aprobada por el Congreso de la Unión establece la obligación de regular la colocación de bolardos, considerados como dispositivos de seguridad vial y control del tránsito.

En la Zona Metropolitana de Guadalajara este tipo de equipamiento urbano proliferó sin criterio unificado de instalación, formas, tamaños o materiales de los que están hechos.

Mario Silva, director del Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara (Imeplan), explica que la legislación da sustento a la regulación de estos equipamientos. “Todos los elementos van a tener que entrar a un proceso de estandarización con lineamientos técnicos para bolardos, señalética e infraestructura de seguridad vial. Se abre la puerta para que se regule y tenga un sustento legal con una lógica de seguridad vial”.

Explica que los nuevos elementos que se coloquen deberán seguir los criterios que se fijen y se tendrá que tomar una determinación sobre qué pasa con los instalados.

El Artículo 50 de la ley federal refiere que las autoridades de los tres órdenes de Gobierno deberán establecer estándares en las regulaciones que se emitan sobre la utilización de dispositivos de control del tránsito y dispositivos de seguridad vial. Los Congresos estatales tienen un plazo de 180 días para aprobar la armonización de sus legislaciones estatales.

La diputada presidenta de la Comisión de Movilidad en el Congreso de Jalisco, Mónica Magaña, señala que a la brevedad comenzarán con los trabajos para hacer las adecuaciones locales. “La nueva ley es absolutamente un replanteamiento de la movilidad. Y la seguridad vial es lo primordial. Entre los temas prioritarios serán la regulación al transporte de carga pesada, la Policía Vial, los choques lamineros y el transporte escolar”.

Salvando vidas. El programa de alcoholimetría en Jalisco se implementó desde noviembre de 2013 y sigue vigente. EL INFORMADOR/Archivo

Ordenan la aplicación del alcoholímetro en todo el país

Con la nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial la aplicación de pruebas de alcoholemia será una medida nacional, con el objetivo de evitar la conducción de cualquier tipo de vehículos bajo el efecto del alcohol. 

Se prohíbe conducir con más de 0.25 miligramos de alcohol por litro (mg/L) de aire espirado o 0.05 gramos por decilitro en sangre (g/dl), los valores coinciden con los vigentes en Jalisco. Incluye las pruebas para quien conduzca una motocicleta con menores valores permitidos 0.1 mg/L en aire aspirado o 0.02 g/dl en sangre. 

Establece la prohibición de conducir, con cualquier concentración de alcohol en sangre, vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga. 

Las entidades federativas y municipios podrán prever en los convenios de coordinación metropolitana, la armonización de reglamentos aplicables. Las autoridades evaluarán la medida proporcional de las sanciones de tránsito que establezcan. 

Deberá incluirse la penalidad de que a las personas sorprendidas manejando bajo el influjo del alcohol o cualquier droga se les retire la licencia de manejo por un periodo no menor a un año. 

Actualmente a nivel estatal, la licencia se suspende por seis meses al conductor que reincida en plazo de un año; de volver a reincidir dentro del año siguiente, se le cancela definitivamente su licencia, y solamente podrá proporcionarse con los mismos requisitos que deberá cumplir para la licencia nueva, hasta haber transcurrido dos años de la cancelación. 

Para aspirar a volver a tener el documento se deberá realizar una investigación de trabajo social y exámenes de toxicomanía y alcoholismo, que demuestren que el interesado no es dependiente de bebidas embriagantes, ni estupefacientes o psicotrópicos.

CLAVE

La ley

Nueva. La nueva ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Local. Los Congresos estatales tienen un plazo no mayor de 180 días tras su entrada en vigor para aprobar la armonización de sus leyes locales.

Plazo. El Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial deberá integrarse y emitir lineamientos para su organización y operación, en un plazo no mayor a 180 días naturales a partir de la entrada en vigor de la ley.

Inicia. El sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial deberá emitir la Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial en un plazo no mayor a un año, a partir de la entrada en vigor de la ley.

Bases. En un plazo no mayor a un año de la entrada de la ley, el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial. Deberán integrar los registros, indicadores y bases de datos en materia de movilidad y seguridad vial.

Nuevas. Las licencias de conducir podrán expedirse de forma física y también en formato digital.

Prueba. El programa de alcoholimetría se aplicará a nivel nacional, los automovilistas en todo el país pueden ser sometidos a pruebas y deben ser informados sobre los límites permitidos.

Derecho. La nueva ley federal busca establecer las bases y principios para garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.

Ya hay lineamientos para la instalación ordenada de bolardos. EL INFORMADOR/G. Gallo

Bajan velocidad en calles 

  • Los límites máximos de velocidad para la circulación de automóviles en vía pública se unificarán a nivel nacional. En los casos de calles secundarias será de 30 kilómetros por hora (km/h) como máximo, según lo aprobado en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. En Jalisco, esto implicará una reducción, pues actualmente el Reglamento de Movilidad establece que, cuando en una vía pública no se encuentre señalizado un límite, la velocidad máxima permitida es de 50 km/h.
  • La nueva legislación considera que en las avenidas primarias se podrá circular hasta los 50 kilómetros por hora. El tope será de 80 kilómetros en carriles centrales de avenidas.
  • En el caso de autopistas de jurisdicción federal la velocidad máxima permitida será de 110 kilómetros por hora para automóviles; 95 km/h para autobuses de pasajeros y 80 kilómetros por hora para el transporte de bienes y mercancías en carreteras.
  • “Bajar la velocidad a 30 kilómetros es una medida a nivel mundial para bajar la siniestralidad, es para calles de un solo sentido, en calles céntricas o de colonias; mientras no sean avenidas, serán zona 30”, explicó Alma Chávez de la asociación Víctimas de la Violencia Vial.
  • En la justificación de la medida se argumenta que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) documentó que con la reducción de los límites de velocidad descendió 32% la mortalidad por accidentes de tránsito en ciudades como Bogotá, Colombia.
  • Actualmente, el reglamento de movilidad de Jalisco considera las llamadas Zona 30, que define como el área de accesibilidad preferencial determinada con señalamientos, para reducir la velocidad a un máximo de treinta kilómetros por hora, con preferencia a peatones, ciclistas y usuarios del transporte público.
  • También establece la obligación de bajar a 25 km/h en las vialidades que limiten con un centro escolar en horarios de entrada o salida, también en los entornos de hospitales y centros de salud pública o cuando haya un transporte escolar o ambulancia detenida en la vía pública.

Conformarán megabase de datos de movilidad

El Gobierno federal en conjunto con las administraciones estatales y municipales deben integrar una base de datos nacional que contendrá información como el registro vehicular, licencias de conducir, seguros registrados por vehículo, información sobre infracciones cometidas y cumplimiento de sanciones.

El concentrado de información será agrupado por el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial creado por la nueva ley federal en la materia.

También debe contar con información sobre los accidentes de tránsito, con datos que permitan geolocalizar el lugar del siniestro, tipo de vehículo involucrado, la existencia de personas lesionadas y de víctimas fatales, características sociodemográficas y tipo de persona usuaria.

Además de datos como encuestas de calidad en el servicio de transporte, información sobre encuestas de origen destino, número de unidades, capacidad y rutas de transporte público o privado, las altas y bajas de placas de vehículos nuevos y usados; entre otros elementos.

El Sistema estará conformado por los titulares de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; y un representante de cada Estado que será designado por cada gobernador. Será el órgano coordinador entre las autoridades competentes en materia de movilidad.

La nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial incluye el reconocimiento de los derechos de las personas que resulten lesionadas o fallezcan en un siniestro.

Será obligación que reciban atención médica y psicológica; reparación integral del daño en términos de la Ley General de Víctimas y demás disposiciones aplicables. Les deben proporcionar información, orientación y asesoría necesaria para su eficaz atención y protección; además de garantizar el respeto irrestricto a su dignidad, privacidad e intimidad; entre otros.

Otra novedad es que reconoce el derecho humano a la movilidad, definido como el derecho que tiene toda persona a trasladarse y a disponer de un sistema integral de movilidad de calidad, suficiente y accesible que con condiciones de igualdad y sostenibilidad.

Define la seguridad vial como el conjunto de medidas, normas, políticas y acciones adoptadas para prevenir accidentes de tránsito y reducir el riesgo de lesiones y muertes a causa de éstos.

Hay puntos críticos de tráfico en la ciudad y sin agentes de la Policía Vial. EL INFORMADOR/A. Camacho

La Policía Vial debe retomar funciones para agilizar la movilidad

Aunque la nueva Ley de Movilidad y Seguridad Vial no añade atribuciones a los agentes viales, para su correcta aplicación es necesario que vuelvan a estar en las calles para cumplir con su función de ayudar a tener una mejor movilidad, expuso Alma Chávez Guth, presidenta de la Asociación Víctimas de la Violencia Vial, quien sostuvo que es necesario que retomen sus labores preventivas y de servicio para apoyar a reforzar la seguridad vial. Comentó que en la armonización de reglamentos se deberán ajustar los protocolos de actuación de los agentes viales.

“Aquí en Jalisco hace tiempo que la Policía Vial dejó de aplicar el reglamento en el tema preventivo y me parece que tienen un afán recaudatorio con operativos específicos para revisar y multar. Ojalá que regresen al área preventiva, que regresaran a la Secretaría de Transporte y a vigilar el cumplimiento del reglamento, pero con un ánimo preventivo y no de recaudar”, comentó.

La activista coincidió con las posturas de los presidentes municipales de Zapopan, Guadalajara y Tlajomulco; que cuestionaron el actuar de los agentes viales y pidieron cambios en la corporación.

“Hoy casi no se ve a los agentes viales en la calle en funciones de ayudar al tránsito vehicular y esto hace que la ciudad sea cada vez más complicada en su movilidad”, concluyó. 

TELÓN DE FONDO

Se dispara el parque vehicular

A finales del año pasado, Alejandro Trujillo sufrió un accidente en avenida Federalismo, cerca de Patria. Un vehículo se le atravesó y lo impactó por atrás. El hecho se registró a las 16:20 horas, pero los agentes viales arribaron una hora después, casi junto con las aseguradoras.

“Se portaron muy amables, pero se tardaron mucho en llegar. El problema es cuando el conductor que provocó el accidente se muestra agresivo. ¿A quién acudes? Faltan más agentes viales en la metrópoli”, solicitó el automovilista.

El número de elementos de la Policía Vial en Jalisco quedó rezagado en comparación con el crecimiento del parque vehicular en la Entidad.

De acuerdo con la información de la nómina aprobada junto con el presupuesto estatal, están autorizadas dos mil 21 plazas para los elementos viales, que es prácticamente la misma cantidad que se tenía en el sexenio pasado. El problema es que están ocupadas apenas mil 867 plazas, según el último Informe del Gobierno de Jalisco.

A pesar del estancamiento en la plantilla de agentes, lo que se disparó fue el parque vehicular en Jalisco en el mismo comparativo y pasó de 3.4 millones de unidades a más de cuatro millones, según el Inegi. Un incremento del 18% en seis años.

En Jalisco hay mil 997 vehículos por cada agente en promedio. En la Ciudad de México hay mil 229 unidades por cada elemento.

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