Jalisco
Tipifican desaparición forzada como delito grave en Jalisco
El pleno del Congreso local aprueba las reformas al Código Penal del Estado
Congreso de Jalisco aprobó la reforma al Código Penal del Estado que establece como delito la
desaparición forzada de personas. Esta reforma incluye las propuestas de los diputados Clemente Castañeda, de Movimiento Ciudadano, y Jaime Prieto Pérez, del PRI.
En esta reforma se establece que cualquier integrante de los cuerpos de seguridad pública, de procuración de justicia o agente gubernamental de cualquier ámbito, puede cometer el delito de la desaparición forzada de personas y que serán igual de responsables aquellas personas, o grupos de personas que actúen en nombre del Gobierno o con su apoyo, autorización o consentimiento, directo o indirecto.
"Este es un avance muy importante en la legislación jalisciense para la procuración e impartición de justicia, porque la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Jalisco establece que los elementos operativos no serán considerados “servidores públicos”, ya que mantienen otra relación laboral en los términos de la fracción XIII del apartado B del artículo 123 de la Constitución Mexicana. En este sentido Jalisco supera la legislación federal en la materia", dijo el legislador de MC.
Además de que la desaparición forzada se tipificó como delito grave, se especificó que no estará sujeto en ningún caso a las reglas de prescripción de los delitos, porque en los tratados internacionales en los que está suscrito México, este delito se considera de lesa humanidad.
"Con estas reformas ahora Jalisco se coloca a la vanguardia para combatir manera amplia y contundente la desaparición forzada de personas, reducir las violaciones a los derechos humanos y salvaguardar la integridad y dignidad de las personas", consideró el diputado local..
EL INFORMADOR / ZAIRA RAMÍREZ
GUADALAJARA, JALISCO (12/SEP/2013).- Por unanimidad, el pleno del
En esta reforma se establece que cualquier integrante de los cuerpos de seguridad pública, de procuración de justicia o agente gubernamental de cualquier ámbito, puede cometer el delito de la desaparición forzada de personas y que serán igual de responsables aquellas personas, o grupos de personas que actúen en nombre del Gobierno o con su apoyo, autorización o consentimiento, directo o indirecto.
"Este es un avance muy importante en la legislación jalisciense para la procuración e impartición de justicia, porque la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Jalisco establece que los elementos operativos no serán considerados “servidores públicos”, ya que mantienen otra relación laboral en los términos de la fracción XIII del apartado B del artículo 123 de la Constitución Mexicana. En este sentido Jalisco supera la legislación federal en la materia", dijo el legislador de MC.
Además de que la desaparición forzada se tipificó como delito grave, se especificó que no estará sujeto en ningún caso a las reglas de prescripción de los delitos, porque en los tratados internacionales en los que está suscrito México, este delito se considera de lesa humanidad.
"Con estas reformas ahora Jalisco se coloca a la vanguardia para combatir manera amplia y contundente la desaparición forzada de personas, reducir las violaciones a los derechos humanos y salvaguardar la integridad y dignidad de las personas", consideró el diputado local..
EL INFORMADOR / ZAIRA RAMÍREZ
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