Jalisco

Tipifican “delito especial” para burócratas que desvíen pensiones

El pleno del Congreso local aprueba tipificar delito para servidores públicos que retengan o desvíen recursos de pensiones de los empleados

GUADALAJARA, JALISCO (11/JUL/2013).- Por unanimidad de votos, el pleno del Congreso local aprobó la propuesta del coordinador de los diputados del PAN, Gildardo Guerrero Torres, que incluye un capítulo en el Código Penal para tipificar como "delito especial" en materia de seguridad social para aquellos servidores públicos que retengan o desvíen, por cualquier motivo, lo que se le descuenta a los trabajadores para Pensiones.
 
"Con esta reforma se tipifica como delito para que sea perseguido y pueda pagar hasta con cárcel cuando los servidores público desvíen recursos y no lo enteren", dijo el líder de los legisladores panistas.
 
En la propuesta original, Gildardo Guerrero proponía que se tipificara como delito de peculado, pero debido a modificaciones que se hicieron en el pleno del Poder Legislativo, en el Código Penal se crea la figura de "delito especial".
 
Guerrero Torres refirió que los montos que se adeudan a Pensiones por concepto de tarifas que retienen a los trabajadores, pero que no se enteran al Instituto de Pensiones, implica desvío de recursos por varios millones de pesos. El legislador recordó que Guadalajara, Tonalá y Puerto Vallarta encabezan la lista de municipios que adeudan a Instituto.
 
"Con este tipo de medidas se busca generar que las partes responsables de declarar aportaciones de los trabajadores no incurran en omisión como se han dado algunos casos", advirtió el líder parlamentario.

En tribuna, el promotor de estas reformas dijo que con estas reformas al Código Penal "se garantiza la seguridad de que las aportaciones sean entregadas en tiempo y forma por parte de quienes la retienen al propio organismo de Pensiones del Estado".
 
Las sanciones que se incorporan
 
I. De uno a tres años de prisión y multa por el importe de cincuenta a quinientos días de salario mínimo, cuando el valor de lo defraudado no exceda del importe de quinientos días del salario mínimo, vigente en Guadalajara;
 
II. De dos a diez años de prisión y multa por el importe de doscientos a tres mil días de salario mínimo, cuando el valor de lo defraudado exceda de  quinientos días de salario, pero no exceda tres mil días de salario mínimo, vigente en Guadalajara; y
 
III. De cuatro a quince años de prisión y multa por el importe de mil a diez mil días de salario, cuando el valor de lo defraudado exceda de tres mil días de salario mínimo, vigente en Guadalajara.
 
EL INFORMADOR / ZAIRA RAMÍREZ
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