Jalisco
Justifican tendencia de cifras de tortura por mayor difusión
Más de la mitad de las quejas son presentadas por funcionarios y la cuarta parte por familiares o amigos
Ése es uno de los casos comprobados de tortura que en Jalisco han aumentado en cuanto al número de quejas presentadas ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ), que hasta el 30 de abril de 2016 recibió un total de 52 quejas.
Esto significa que la tendencia de 2015, cuando la dependencia recibió el mayor número de quejas por este concepto —188— se mantiene. Y es que el número de quejas aumentó de manera exponencial si se compara, por ejemplo, con las recibidas en 2013, cuando fueron sólo cinco.
Javier Perlasca Chávez, primer visitador de la CEDHJ, justificó que la tendencia obedece a una mayor difusión pero sobre todo a que las autoridades ya tienen la obligación de ser ellas mismas las que interponen este recurso.
“En 2014 y sobre todo en 2015, del monto de quejas presentadas, muchas las derivan los jueces o los defensores públicos, principalmente los jueces federales, a raíz de la Ley Estatal para Prevenir, Sancionar, Erradicar y Reparar la Tortura, que los obliga”.
El visitador estimó que más de la mitad de las quejas son presentadas por las autoridades; la cuarta parte, por familiares o amigos; y la otra cuarta parte, directamente los afectados.
AÑO TRAS AÑO
Quejas por tortura
Año | 2010 | 2011 | 2012 | 2013 | 2014 | 2015 | 2016 |
Quejas | 16 | 8 | 10 | 5 | 24 | 188 | 52 |
Recomendaciones | 3 | 3 | 3 | 3 | 7 | 11 | 0 |
ACOTAN EL TÉRMINO
La mayor parte de los casos en los que se detectan huellas de violencia en las personas detenidas no provienen de actos de tortura, aseguró el primer visitador de la CEDHJ, Javier Perlasca Chávez. En cambio, de igual forma las quejas se emiten por familiares o conocidos por no tener claro este concepto. Explicó que es una práctica común en las policías de casi todo el mundo valerse de la fuerza en sus detenciones, lo que puede resultar lesiones para los detenidos que no son tortura.
“Difícilmente te vas a encontrar a elementos de Seguridad Pública o agentes investigadores o cualquier otra autoridad que detengan a las personas solicitándoles permiso para hacerlo y que además tengan todo el cuidado y delicadeza, menos si es un delito en flagrancia o después de una persecución”.
En cambio, las afecciones físicas o sicológicas que se infligen para sacar una confesión, declaración o sólo con el ánimo de castigarlo, eso sí es tortura.
Registran menos recomendaciones
Mientras en años anteriores se presentaban de cinco a 10 quejas por tortura ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) que derivaban en de tres a cinco recomendaciones, es decir, prácticamente la mitad de ellas; en los dos últimos años el porcentaje se ha convertido en una mínima fracción.
Por ejemplo, en 2015, de las 188 quejas sólo 11 derivaron en recomendaciones; y en el primer tercio de este año no se ha emitido aún recomendación alguna sobre las 52 quejas que van.
Javier Perlasca Chávez, primer visitador de la CEDHJ, explicó que el aumento de quejas no significa que todas sean casos comprobados de tortura, sino que sólo una parte lo son tras la investigación. Es por eso que una mínima fracción de ellas concluye en observaciones de la comisión.
Actualmente se interponen casi de manera automática las quejas al notar huellas de violencia o de maltrato en los detenidos, tanto por parte de las autoridades como de los propios familiares o conocidos de estos.
Sin embargo, esto implica que la CEDHJ debe acudir con la presunta víctima de tortura para que ratifique la queja, y en esa diligencia se acude con personal adecuado para la aplicación de estudios sicológicos y físicos para detectar si fue sujeto de actos de tortura.
SIN EFECTO LEGAL
“Puede fomentar la impunidad”, según visitador
Si bien la supuesta utilidad de la tortura es obtener la admisión de la culpabilidad de los presuntos delincuentes, puede provocar que el delito, si lo cometieron, no sea castigado, explicó el primer visitador de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ), Javier Perlasca Chávez.
Puso como ejemplo una detención de un secuestrador que durante el cautiverio de la víctima la abusó sexualmente y además la mutiló: “Esa persona la detienen y la torturan como una aplicación de la teoría del menor esfuerzo y la máxima comodidad, porque con la tortura me va a confesar lo que ya sabemos qué sucedió pero ya va a ser una declaración de él confesando que secuestró, violó y lesionó, y entonces ¿ya para qué investigo bien, para qué documento bien, para qué integro bien la averiguación?.
El problema es que después de un año la defensa del criminal, a sabiendas que una confesión “arrancada” tiene nulos efectos legales, y al no haber otra evidencia que demuestre la culpabilidad del delincuente debido a que la autoridad ya no investigó, hace que se declare nula la confesión y puesto que ya no tienen pruebas en su contra, lo tienen que liberar, y así vuelve a la calle “un secuestrador, violador, asesino o lesionador cuando la ley dice que por esos delitos por lo menos va a tener 70 años de prisión”.
Otra posibilidad es que la persona detenida, sometida a tortura, confiesa un delito que no cometió, cuando el que sí lo hizo se halla libre: “¿Dime si no es impunidad eso?”, expresó.
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