Jalisco

Justicia para adolescentes debe respetar derechos de la infancia

Proponen crear una ley general que homologue los criterios en todo el país

GUADALAJARA, JALISCO (21/OCT/2014).- Alejandro, un joven de 17 años, quedó a disposición del Ministerio Público el pasado 9 de julio por el asesinato de su madre y de su abuela en la Colonia Villas de Guadalupe, Zapopan. El menor relató a las autoridades que atacó a sus familiares porque no quisieron darle dinero, además de que lo regañaron porque consumía mariguana.

Ante un crimen de esta naturaleza: ¿Debe juzgarse a los menores como adultos?

“Bajo ninguna circunstancia, un adolescente que cometa un delito podrá ser juzgado como adulto”, es la respuesta textual que ofrece el Artículo 2 de la nueva Ley de Justicia para Adolescentes de Jalisco, que abroga la anterior Ley de Justicia Integral para Adolescentes. La sanción máxima a la que se puede enfrentar un menor en caso de cometer un delito grave es de siete años de internamiento definitivo, siempre y cuando tenga entre 16 y menos de 18 años.

De acuerdo con el modelo de protección integral promovido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), se debe reconocer a los menores de 18 años como sujetos en desarrollo, a quienes nunca se les imputará responsabilidad penal.

El presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ), Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, anota que esto ayuda a mantener una congruencia con la Constitución y con el derecho internacional.

“La privación de la libertad o el internamiento (de menores) debe de ser utilizado en casos extremos y lo menor posible, atendiendo en la mayor parte de las ocasiones a la falta de madurez emocional y psicológica que tiene el menor de edad”.

El modelo de protección integral fue adoptado por México en 2005 a través de la reforma constitucional del Artículo 18. Pero los crímenes de alto impacto cometidos por menores inquietan a algunos sectores de la sociedad.

El derecho penal se debate entre tratar al sujeto como una persona que tiene capacidades y se puede readaptar, o como un sujeto peligroso al que hay que neutralizar. Estas dos concepciones sobre una persona son excluyentes y nunca se van a poder sumar, dice el penalista Jorge Tejada Montaño.

“No hay una solución fácil, y tenemos que escoger de los males el menor. No puedo mandar a un menor a una cárcel para adultos, pero t ampoco lo puedo dejar en libertad en la sociedad porque ya está causando daños, ya sea distribuyendo drogas, participando en robos, en levantones o hasta en ejecuciones”.

Alma Meneses, responsable del Área de legislación y políticas públicas de la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim), insiste en que la justicia para menores debe tener un enfoque de derechos de la infancia y de reinserción social.

“El esquema sancionatorio de la justicia penal no ha resultado efectivo ni para disminuir el número de delitos ni para restablecer el tejido social”.

Considera que los cambios aprobados en la Ley de Justicia para Adolescentes de Jalisco deberían haber sido a la inversa, pues se redujeron los plazos de las medidas socioeducativas, como la libertad asistida, la prestación de servicios a la comunidad, las órdenes de obligaciones y prohibiciones, etcétera, y las de internamiento quedaron prácticamente iguales: “La medida que se tuvo que haber reducido es la privación de la libertad”.

Agrega que se debió haber hecho un análisis de las sanciones alternativas para ver qué es lo que estaba fallando antes de disminuir los tiempos. “Evidentemente no tienen que ser tan prolongadas, pero una ejecución tan breve no necesariamente ayuda a la reinserción del adolescente en el ámbito comunitario”.

En el plano legislativo, opina, convendría trabajar en un proyecto de Ley General de Justicia para Adolescentes que pueda impactar en todas las entidades federativas con penas homologadas, y que plantee qué es lo que sucede cuando los menores se involucran con la delincuencia organizada.

El ombudsman estatal, por su parte, percibe que el nuevo ordenamiento jalisciense está en concordancia con los estándares internacionales y el marco jurídico federal.

“Nos habla de nuevas terminologías con un lenguaje más integral, más humanista, y con una mayor perspectiva con respecto a los derechos humanos (…) esta ley viene a generar un cambio muy importante, un avance sustancial”.

FRASE

"
Si han caído en comportamientos delictivos, deberán pasar por una sanción. Pero el tratamiento a los adolescentes debe ser como víctimas, no como victimarios "

Alma Meneses,
de la Red por los Derechos de la Infancia.

LA VOZ DEL EXPERTO
Avanza ley, falta presupuesto

Felipe de Jesús Garibay Valle
(académico de la División de Estudios Jurídicos del CUCSH)

Jalisco no tiene suficiente personal ni jueces ni ministerios públicos para atender a la población adolescente que comete delitos e infracciones, dice el experto en materia penal y en procuración de administración de justicia, Felipe de Jesús Garibay Valle, de la División de Estudios Jurídicos de la UdeG. “No se tiene la infraestructura para reeducarlos en su internamiento y luego reinsertarlos a la sociedad para que sean útiles a la misma. Los presupuestos no ajustan para instalar granjas y lugares donde se encuentran los adolescentes en buenas condiciones”, expresa el académico sobre la nueva Ley de Justicia para Adolescentes recién aprobada en Jalisco.

“La ley no pone remedios, los que tienen que poner remedios somos nosotros los humanos con una aplicación correcta de la misma”.

Si bien reconoce que dicho instrumento jurídico es un avance por integrar las modalidades del sistema acusatorio de justicia, lo que brindará celeridad a los procesos de los adolescentes y buscará medidas conciliatorias para la resolución de conflictos, la legislación tiene que venir acompañada de acciones; de lo contrario, se convierte en letra muerta.

“Hay muy poquitos juzgados especializados”. Y eso que desde 2006, Jalisco ya contaba con un ordenamiento para crear un sistema integral de justicia para adolescentes.

En el Artículo 27 de la nueva ley se establece que: “Desde el inicio del proceso todas las actuaciones y diligencias estarán a cargo de órganos especializados en materia de justicia para adolescentes. Todas las referencias que esta ley haga a los representantes del Ministerio Público, defensor, jueces, tribunales y salas del Supremo Tribunal, se entenderán hechas a servidores públicos y órganos especializados en justicia para adolescentes”.

Establecen condiciones para internamiento

Entre otras novedades, la Ley de Justicia para Adolescentes de Jalisco es más específica en la conformación de los espacios de internamiento definitivo para los jóvenes de 14 a 17 años que cometan crímenes.

Se define al internamiento como “toda forma de detención en un establecimiento público o privado, del que no se permita salir al adolescente por su voluntad, debido a una orden decretada por una autoridad”.

En los centros especializados de internamiento, los infractores deberán estar separados por grupos de edad y género. Los que cumplan 18 años y aún estén acatando una resolución, serán llevados a otra área distinta de los menores, pero no a la cárcel de los adultos. También se prevé la posibilidad de que las madres adolescentes permanezcan con sus hijos con menos de seis años en lugares adecuados para la joven y su descendiente.

El Artículo 143 del ordenamiento establece que los servidores públicos que se ocupen de dichos centros “deben contar con aptitudes e idoneidad para ejercer la función, perspectiva de género y conocimiento en el tema de derechos humanos, así como estar especializados en el trabajo con adolescentes en internamiento”.

Hoy, el personal que trata con menores infractores no está capacitado en tema de derechos ni para trabajar con adolescentes, así como tampoco para aplicar el nuevo sistema de justicia acusatorio. “No basta con una capacitación de un mes”, dice Alma Meneses, representante de la Redim.

El penalista Jorge Tejada Montaño recomienda revisar la operación actual de los centros, de manera que éstos se asemejen más a un albergue que a una prisión, y ayuden a fomentar valores y a devolver la autoestima de los jóvenes infractores.

“Es necesario que se refuercen en temas de presupuesto y capacitación con énfasis en la familia. Los adolescentes van a salir a reintegrarse a una colonia, a su casa o a su antiguo trabajo, lo que es difícil porque a veces provienen de familias muy desintegradas”.

La ley prohíbe expresamente el uso de armas de fuego dentro de los espacios, así como la tortura y los tratos o penas crueles.

“Es un punto favorable para generar un ambiente que parezca menos cárcel”, dice el también académico del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Occidente (ITESO). “Los criminalizamos doblemente en la sociedad (…) si ya están adentro, hay que darles un trato de acuerdo con lo que queramos que sean cuando salgan. Un cambio de enfoque no represivo, de ver hacia adelante, de impulsar el cambio en los jóvenes”.

Sobre las condiciones actuales de los centros de internamiento, el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos revela que, con excepción del que opera en la zona metropolitana, es evidente que en el resto “se están violando derechos humanos”.

El organismo que encabeza ha realizado evaluaciones y diagnósticos en los que se manifiesta la urgencia de atender algunos de estos lugares al interior del Estado, como los ubicados en Ocotlán, Ciudad Guzmán, Lagos de Moreno y con especial urgencia en Puerto Vallarta, donde el espacio dejó de operar.

“Los menores internados en Puerto Vallarta son trasladados a la Zona Metropolitana de Guadalajara, contraviniendo principios importantes en el tema de la reinserción social, pues debe procurarse que estén lo más cerca posible de su núcleo familiar”.

CENSO NACIONAL DE IMPARTICIÓN DE JUSTICIA ESTATAL
Hombres, 91% de los menores infractores


La delincuencia adolescente tiene un rostro recurrente en México: varones de 15 a 17 años, con retraso escolar de más de cuatro años o que han abandonado sus estudios. Habitan en zonas urbanas con alto grado de marginación, trabajan en el sector informal y suelen ayudar al sostenimiento de su familia.

“Además suelen vivir en entornos violentos. Se trata, en definitiva, de adolescentes que viven en ambientes de desprotección, en los que por lo general varios de sus derechos se encuentran amenazados o vulnerados”, resume un documento del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef).

Las cifras del Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal 2013 así lo comprueban. De los 19 mil 178 adolescentes procesados por la comisión de delitos en el país, 16 mil 728 son hombres, es decir, 87 por ciento.

La incidencia es superior en Jalisco: mil 371 varones fueron procesados contra 131 mujeres, lo que significa que 91% de los infractores son del sexo masculino. El censo fue realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

En todo el país, de los más de 19 mil adolescentes procesados, 634 no tenían ninguna clase de estudios; dos mil 617 apenas habían cursado preescolar o algo de primaria, cinco mil 990 contaban con secundaria y sólo dos mil 647 estaban en la preparatoria o el bachillerato.

Jalisco no reportó datos específicos sobre estas variables para la elaboración del censo, ni tampoco reveló las edades de los procesados.

“Las situaciones de exclusión, pobreza y desigualdad debilitan los mecanismos de protección familiares, comunitarios e institucionales y facilitan que los adolescentes carezcan de oportunidades de desarrollo, abandonen la escuela a temprana edad, se involucren en conductas delictivas, caigan en el consumo de drogas o adquieran conductas violentas”, dice la Unicef sobre la presentación del informe denominado “La Justicia para adolescentes en México: análisis de leyes estatales”, realizado en conjunto con el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México.

La creación de un sistema integral de justicia para los adolescentes es relativamente nueva. Fue en 2005 cuando se publicó la reforma al Artículo 18 de la Constitución Política de México, en donde se homologó la edad penal a los 18 años, se instruyó la construcción de un sistema de justicia para personas de entre 12 y 17 años, lo que obligó a los estados a crear instituciones, tribunales y autoridades especializadas en justicia para menores; y estableció que el internamiento proceda únicamente como medida extrema para los mayores de 14 años.

“Aún existen numerosos retos para la adecuada implementación de la reforma. Porque no se trata sólo de establecer un proceso con todas las garantías, sino también desarrollar un sistema especializado capaz de ofrecer a los adolescentes oportunidades reales de asumir su responsabilidad frente a la comisión de un delito, y encontrar opciones de vida que les permitan desarrollar todas sus capacidades y potencialidades de una manera positiva y constructiva para la sociedad”, advierte el estudio de la Unicef.

GUÍA
Prohíben divulgar identidad infantil

— ¿Qué dice la Ley de Justicia para Adolescentes sobre la identidad de los menores?


— La divulgación de la identidad de los adolescentes infractores está prohibida en el Artículo 33, que establece que no se puede dar a conocer públicamente la identidad del menor infractor ni el nombre de sus padres o tutores, así como cualquier otra información que permita su identificación pública.

— ¿Qué sanciones se prevén?


— En el ordenamiento no se mencionan medidas para sancionar a quienes violen dicho artículo.

— ¿Qué otras leyes protegen este aspecto?

— En el proyecto de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes que se aprobó en el Senado el pasado 30 de septiembre y ahora se discute en la Cámara de Diputados, se analiza imponer multas a los medios de comunicación en ese mismo renglón.

— ¿Qué tan graves son las sanciones?


— Las multas para los medios de comunicación que violen la identidad personal o familiar de los menores de edad mediante la publicación o exposición de sus nombres y fotografías, o que difundan información dicha por éstos sin previa autorización de sus padres o tutores, ascienden hasta cuatro millones de pesos.

Foco rojo: las redes de la delincuencia

El problema de los adolescentes en conflicto con la ley tiene una de sus fibras más sensibles en los menores que se ponen al servicio del narcotráfico y el crimen organizado. Las redes delincuenciales toman ventaja de que no se les puede juzgar como adultos, y utilizan a los adolescentes para infringir la ley sabiendo que no pisarán la cárcel mientras no cumplan los 18 años.

Ante los reclamos de penas más elevadas para los jóvenes que cometen delitos de alto impacto, el ombudsman de Jalisco reconoce que hay una exigencia social “real y justa, pero no hay que responsabilizar a los menores de edad sino a los mayores que los utilizan para cometer esos crímenes”.

La justicia para adolescentes no puede apartarse de una visión humanista, insiste. “Es un tema muy explorado entre los juristas y especialistas no nada más de México sino de todo el mundo, donde las grandes conclusiones se dan en esa medida”.

Jorge Tejeda, académico del ITESO, explica: “Si bien la delincuencia ha empujado a personas en etapas cada vez más tempranas a delinquir, es una lógica que no puede seguir la ley”.

LA CIFRA

1,502 menores procesados en Jalisco, con base en el Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal 2013.

19,178 adolescentes procesados por cometer delitos en México, según el Censo de Impartición de Justicia 2013.

7 años, máxima sanción para menores de entre 16 y 18 años, que cometieron delitos graves.

4 años es la sanción máxima en el internamiento domiciliario contra menores infractores.

43 menores de edad fueron procesados en 2012 en Jalisco por homicidio.

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