Jalisco
Jalisco, a un paso de tipificar el delito de feminicidio
En los cambios se contemplan de 20 a 40 años de cárcel por el homicidio de una mujer con agravantes
El autor de esta iniciativa, el coordinador de los diputados del PRD, Raúl Vargas López, consideró que esas adecuaciones son una herramienta para la autoridad. “Define esta figura jurídica cuando se haya cometido actos de misoginia contra la víctima y termine perdiendo la vida y se hayan cometido actos de violencia familiar, cuando en el crimen puedan desprenderse indicios de humillación. Todos estos son elementos que se incluyen en la figura de feminicidio y la pena va de 20 a 40 años, permitirá a quien administra justicia tener penalización más alta para quienes asesinen a una mujer”.
El feminicidio será tratado como delito especial de homicidio, con una penalidad para quien lo cometa de entre 20 y 40 años de prisión, igual que lo estipulado en el homicidio calificado, ya que el homicidio simple se castiga con 12 a 18 años de prisión.
El legislador perredista explicó que Jalisco es la séptima entidad en contar con esta figura jurídica.
En la iniciativa de los diputados del PRD, Raúl Vargas López y Olga Araceli Gómez, se incluía la propuesta de emitir una alerta de género, misma que se suprimió en el documento avalado por los integrantes de esa comisión legislativa. Vargas López explicó que ello se debe a que seguirán buscando que la alerta se dé, “pero no podíamos tratarlo de manera conjunta con las reformas al Código Penal”.
Vargas López confió que esas reformas al Código Penal no serán observadas por el Poder Ejecutivo, pues aseveró que se trabajó de manera conjunta para elaborar el dictamen final. Es decir, que no espera que sea vetada.
De tres a seis años de prisión a “halcones”
En esa misma sesión de la Comisión de Puntos Constitucionales, los diputados locales también avalaron incorporar al Código Penal un título relativo a “Delitos cometidos contra representantes de la autoridad” (halconeo), por tratarse de una actividad ilícita común entre la delincuencia organizada, para hacerse llegar de información.
La propuesta es imponer de tres a seis años de prisión a quien aceche, vigile o realice actividades de espionaje sobre la ubicación, la actividades, los operativos o en general las labores que efectúen los elementos de instituciones de seguridad pública, de persecución o sanción del delito de ejecución. Cuando el delito lo cometa un funcionario público de alguna institución de seguridad se aumentará hasta una tercera parte más de la penalidad que corresponda.
Esta propuesta fue presentada por la fracción parlamentaria del PAN desde el año pasado.
Ley para bienes asegurados
En el mismo tema de la delincuencia organizada, los legisladores avalaron crear la Ley para la Administración de Bienes Asegurados Decomisados o Abandonados. Con esta iniciativa, se faculta al Estado para obtener la administración plena de los bienes asegurados, decomisados e incautados, de tal forma que no sólo tiene la responsabilidad de su conservación y su custodia, sino que además puede ahora obtener beneficios de los mismos, con lo que se logra una fortaleza a favor del Estado y en perjuicio de la delincuencia organizada.
Al término de la sesión de trabajo de la Comisión, su presidente, diputado Jesús Casillas Romero, y los vocales José María Martínez Martínez, Luis Armando Córdova Díaz, Raúl Vargas López y Mariana Fernández Ramírez, destacaron la trascendencia de los asuntos resueltos en esa sesión, “en un clima de entendimiento y sin partidismos, en beneficio de los jaliscienses”, según los legisladores locales.
Todas estas iniciativas deberán ser avaladas por el pleno del Congreso local.
CÓDIGO PENAL
Lo que dirá la ley de jalisco
Con la reforma, el artículo 232 señala: “Comete el delito de feminicidio aquel que prive de la vida a una mujer cuando concurran una o más de las siguientes conductas: Se hayan cometido actos de odio o misoginia contra la víctima; haya realizado actos de violencia familiar y sus indicios están preconstituidos; que de la escena del crimen se puedan desprender indicios de humillación o denigración hacia la víctima; que a la víctima se le hayan infringido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previas o posteriores a la privación de la libertad; se haya dado la comisión de otro delito de tipo sexual; cuando existan indicios de que la condición de la víctima es por homofobia”.
Se precisa que quien cometa el delito de feminicidio no tendrá derecho al beneficio de la libertad provisional bajo caución, ya que se considera como grave.
TELÓN DE FONDO
Sin catalogar
El Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (Cladem) ha registrado los asesinatos contra mujeres desde 1997, y hasta 2010 se contabilizan 622. En 2011 hubo más de 100 homicidios en el Estado. El análisis a detalle de cada uno de los fallecimientos a lo largo de estos años, ha permitido detectar cuáles pueden ser catalogados como feminicidios y cuáles no.
Cerca de la mitad de los casos son tipificados como homicidios por la pareja, que ocurre cuando su novio, marido o cónyuge termina con la vida de la mujer. Es decir, el feminicidio es la última “arma” de violencia que ejerce el hombre contra su mujer.
Durante 2010, 81 mujeres murieron asesinadas. De estos casos, muchos fueron reconocidos como feminicidios, es decir, que su deceso se relaciona con el hecho de que la víctima era mujer.
DECESOS
Agravio a mujeres
2008: 57.
2009: 58.
2010: 81.
2011: Más de 100.
2012: 56.*
Cifras del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer AC (Cladem) y del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses (IJCF).
*Estadísticas del IJCF. En el Estado se han practicado 56 autopsias a mujeres asesinadas, del 1 de enero al 11 de mayo de 2012.
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