Jalisco

Frenan nuevas licencias para bares

El Consejo de Giros Restringidos de Guadalajara aprueba una veda ante las quejas vecinales en la Zona Poniente

GUADALAJARA, JALISCO (08/JUN/2011).- El Consejo de Giros Restringidos de Guadalajara decretó una veda sobre la autorización de nuevos establecimientos de este tipo en el Poniente del municipio, es decir, en el Subdistrito 2 Minerva, que comprende zonas como la glorieta con el mismo nombre y Providencia, además de los corredores Chapultepec, Vallarta y López Mateos, entre otros.

El presidente del Consejo, Eduardo Almaguer Ramírez, anunció que con base en dicho acuerdo, presentará una iniciativa ante el pleno del Ayuntamiento en la siguiente sesión para que se decrete esta veda, con lo que la autoridad comenzaría a negar todas las peticiones para la instalación de nuevos giros como restaurantes-bar, bares y discotecas en el polígono citado, aunque no contravinieran normas o planes parciales de desarrollo urbano.

Para el Consejo, la Zona Poniente se encuentra “saturada” por este tipo de establecimientos, dijo Almaguer Ramírez, aunque no profundizó en los parámetros o índices con los que el órgano que preside llegó a dicha conclusión: “Observamos un llamado de los ciudadanos que ya están bastante saturados de este tipo de lugares; estos giros han generado una crispación social bastante delicada”.

De dos mil 966 giros restringidos que operan en Guadalajara, sólo 252 se encuentran en ese subdistrito (8% del total).  

Desde su perspectiva, para eliminar la “crispación social” existente en colonias del Poniente ante la llegada de estos establecimientos, no bastaría con garantizar que las nuevas licencias se apegaran estrictamente a lo que marcan los planes parciales, sino que la autoridad debe optar por una prohibición total sobre futuros comercios con esas características.

La propuesta se presentará con carácter de dictamen, esto quiere decir que puede ser aprobada por el pleno en su siguiente sesión.

El edil descartó que sea una determinación que pueda resultar frágil en su fundamentación jurídica (que pudiera ser revertida por el Tribunal de lo Administrativo del Estado, al que recurrirían los ciudadanos que, buscando instalar un negocio propio en el subdistrito, hayan recibido una negativa de la autoridad por esta “saturación”), pues afirma que el Artículo 115 constitucional y las facultades que reconoce al Gobierno municipal son suficientes para tomar este tipo de medidas.
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