Jalisco

Fallas en Ciudad Judicial Federal

Una revisión de la Auditoría Superior de la Federación a la obra, descubre irregularidades en los trámites y defectos en el edificio recién construido

GUADALAJARA, JALISCO (18/FEB/2012).- La Auditoría Superior de la Federación (ASF) presentó un pliego de observaciones a la construcción de la Ciudad Judicial Federal en Jalisco, y en la revisión a la aplicación de recursos de 2010. El dictamen considera que “la seguridad y estabilidad de la estructura del inmueble no están garantizadas” y apunta que, de no recibir las aclaraciones correspondientes por la construcción de la obra, la “recuperación probable” asciende a nueve millones 769 mil pesos.

Este dictamen se refiere a la construcción de la Ciudad Judicial Federal, en Zapopan, y va dirigido al Consejo de la Judicatura Federal. Detalla que se autorizó la ejecución del proyecto sin licencia de construcción y de urbanización, que fueron obtenidas de manera extemporánea.

Además, “no se entregó documentación comprobatoria que acredite la realización de las memorias de cálculo relacionadas con la eficiencia energética de edificaciones; no se acreditó que la supervisión interna vigilara que, previo al inicio de la obra, se contara con las especificaciones generales, particulares y de calidad de materiales”.

En el documento, la Auditoría Superior considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada (845 millones de pesos de los mil 230 que costó la obra, que se adjudicó a la empresa Copachisa, S.A. de C.V.), el Consejo de la Judicatura Federal cumplió con las disposiciones normativas, excepto por resultados indicados en el informe, como el hecho de que “se omitió entregar los certificados de autorización de los peritos especializados en geotecnia de la Dirección General de Obras Públicas del Municipio de Zapopan”, y que “no se tiene evidencia documental del plan del perito urbano responsable de la obra para garantizar que la estructura cumpla el proyecto estructural”.

Precisa la auditoría a la inversión física de la Ciudad Judicial que “no existe prueba documental que compruebe que la entidad fiscalizada realizó los estudios de preinversión; no se contó con la autorización en materia de impacto ambiental oportuna antes del inicio de los trabajos; el proyecto ejecutivo se entregó incompleto y de manera extemporánea, por lo que, con base en la aplicación de penas convencionales de dicho instrumento legal, se concluye una sanción equivalente a 10 al millar del monto erogado”.
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