Jalisco
Diputados de oposición apuestan por acotar el gasto del gobernador
Al modificar la Ley de Presupuesto, el Gobierno deberá informar de cualquier movimiento presupuestal al Congreso y solicitar permiso para transferir partidas
Congreso estatal, “el manejo discrecional” de recursos que, a decir de los legisladores, se observa año con año en la aplicación de recursos estatales.
En el dictamen aprobado por esta comisión para cambiar la Ley de Presupuesto (ya turnado al pleno y que se prevé que sea avalado este jueves en sesión plenaria con el voto a favor del PRI, PRD y Verde Ecologista, pese a la postura en contra de los diputados del PAN) se realiza un análisis de las variaciones que en los últimos cinco años ha tenido el Poder Ejecutivo, desde 2005 hasta este año; también da cuenta del incremento de mil 300% en la aplicación de la partida denominada Erogaciones Imprevistas, y del aumento de casi 70% en las partidas de ampliación automática.
Con la intención de terminar con esta manera de ejercer el recurso, el Poder Legislativo pretende aprobar este semana las reformas a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público de Jalisco.
Esta reforma modificaría alrededor de 30 artículos de la referida Ley y crearía una Instancia Técnica Evaluadora que vigile la aplicación del presupuesto del Poder Ejecutivo.
Las reformas surgieron de dos iniciativas que llegaron a la Comisión de Hacienda los días 18 y 20 de octubre. La primera propuesta de modificación fue presentada por los diputados Enrique Aubry de Castro Palomino (Partido Verde) y Patricia Retamoza (PRI); la segunda iniciativa está avalada y propuesta por la fracción parlamentaria priista.
Del estudio de estas dos iniciativas de reforma surgió un documento que fue dictaminado por el perredista Raúl Vargas y que ya fue votado y aprobado en la Comisión de Hacienda. Fue turnado al pleno y se solicitó que se dispensara la sesión intermedia que por ley debe existir para aprobar dictámenes.
El coordinador de los diputados del PRI, Roberto Marrufo Torres, refirió que con la finalidad de dar cumplimiento al proceso legislativo, era necesario informarle oficialmente al Poder Ejecutivo de la discusión de estas reformas y que de considerarlo necesario, algún representante del Gobierno estatal estuviera presente en la argumentación de este dictamen.
La intención es que las reformas se aprueben antes de que acabe noviembre, para que bajo estos nuevos criterios se pueda elaborar el proyecto presupuestal del Gobierno del Estado para el año 2011.
Uno de los impulsores de estas reformas, el mismo Marrufo Torres, reconoció que el gobernador del Estado “podría ejercer su facultad de veto”, es decir, observar y no publicar los cambios a la Ley de Presupuesto, y con ello esta propuesta no entraría en vigor en 2010 y el proyecto de gasto para 2011 no contemplaría “los candados” que pretenden aplicar los diputados.
Para el priista, si esto decide el gobernador Emilio González Márquez, deberá ser él quien pague el costo político: “Estamos conscientes de que podrían vetarse estas reformas, pero ya el gobernador deberá asumir su responsabilidad y deberá rendir cuentas a la sociedad. Si el PAN vota en contra de este dictamen, también deberán explicar (los diputados de este partido) por qué no quieren que el gobernador rinda cuentas y por qué quiere seguir manejando los recursos con discrecionalidad”.
“AMARRAN MANOS” AL GOBERNADOR
Deben informar de cualquier movimiento al Congreso
En su artículo 47, la ley reformada establecerá que: “Cualquier incorporación de partidas al presupuesto requiere la aprobación del Congreso”.
En este mismo sentido se redacta el artículo 48, donde señala que el Poder Ejecutivo, cuando solicite una ampliación presupuestal para alguna partida, deberá explicar las razones por las que resultaron insuficientes los recursos originalmente presupuestados y deberá señalar los hecho no previstos que ocasionaron que se haya desfasado el gasto.
En caso de que el Congreso no atienda las solicitudes del Gobierno estatal para realizar transferencias presupuestales –en un plazo de 60 días–, se le permite al Poder Ejecutivo realizar modificaciones en el gasto hasta del 20% del monto total de la partida de origen, “con esta medida se controlará el gasto discrecional del Ejecutivo, pero se prevé una alternativa para evitar que el Legislativo retrase la aplicación de recursos”, se lee en el dictamen.
En su artículo 50, establece que el Congreso es el único poder facultado para autorizar transferencias entre partidas; no obstante en el artículo 51 establece que “en caso de desastre el gobernador podrá hacer transferencias necesarias de forma inmediata”, pero deberá entregar al Congreso un informe detallado dentro de los 30 días hábiles siguientes a que se ejerza el recurso de las modificaciones presupuestales que concretó para hacer frente al desastre.
Con la finalidad de terminar con las partidas de ampliación automática para el gobernador, que a decir de los legisladores no cuentan con criterios claros de asignación, los diputados pretenden terminar con estas partidas y contar en su lugar, con partidas de ampliación preferencial; ello significa que los ingresos no previstos que lleguen al Poder Ejecutivo y los excedentes por diferentes conceptos deberán destinarse a programas de fortalecimiento social. Para ello se crearía una cuenta especial donde se depositen los recursos extraordinarios y estos recursos para este fin, social, de salud, de educación o seguridad también deberán ser autorizados por el Congreso.
· Gastos de Nómina y Comunicación Social, también se contralarán
Con el argumento de que los logros no necesitan publicitarse, los diputados incluyen en el artículo 53 establece que “no podrá utilizarse más del 0.2% del presupuesto aprobado por dependencia en gastos de difusión, publicación de logros de gobierno o comunicación social; salvo autorización expresa del Congreso del Estado”.
Este mismo artículo se apunta que “no podrá presupuestarse ni utilizarse más del 30% del presupuesto asignado a Servicios Personales de la dependencia o entidad pública correspondiente, para servidores públicos, supernumerarios o contratación de personal por honorarios, salvo por autorización posterior y expresa del Congreso y una vez que demuestre la aplicación de recursos para el cumplimiento de programas previstos”.
· Transparencia e información
Con estas reformas también pretenden obligar al Poder Ejecutivo a informar trimestralmente de los egresos e ingresos que obtengan.
En su artículo 57 obliga a los Poderes del Estado, organismos constitucionales autónomos, municipios y entidades que ejerzan recursos públicos a publicar por medios electrónicos dentro de los 20 días siguientes al cierre de la contabilidad mensual sus estados financieros.
Los egresos deberán desglosarse por concepto y finalidad de gasto, nombre, domicilio del destinatario, partida de origen afectada, saldo disponible y fecha del pago y la cantidad.
En el artículo 107 señala que el Ejecutivo entregará al Congreso información mensual y trimestral. La Secretaría De Finanzas deberá informar a la Comisión de Hacienda del Poder Legislativo mensualmente los montos transferidos a los municipios
· Crean instancia evaluadora
El Congreso del Estado pretende crear una Instancia técnica evaluadora que realizará informes trimestrales de la evaluación económica de los ingresos y egresos del recurso público, tomando en cuenta los calendarios dados a conocer previamente por las dependencias.
Esta Instancia evaluará el grado de cumplimiento de los objetivos, las metas y la aplicación de recursos estatales y federales. Todas las evaluaciones deberán ser públicas.
Si bien el Poder Legislativo pretende “amarrarle las manos” para evitar el gasto discrecional en el recurso, estatal, lo cierto es que no aplican medidas similares para otros poderes públicos.
Los motivos de la desconfianza
Histórico de presupuesto estatal, diferencias entre lo aprobado por el Congreso y lo ejercido
Año Aprobado Ejercido Diferencia
2005 39 mil 425 millones 41 mil 233 millones mil 808 millones 4.6%
2006 43 mil 435 millones 46 mil 192 millones dos mil 767 millones 6.4%
2007 49 mil 933 millones 56 mil 85 millones seis mil 151 millones 12.3%
2008 56 mil 303 millones 65 mil 837 millones nueve mil 533 millones 16.9%
2009 65 mil millones 78 mil 810 millones 13 mil 810 millones 21.2%
2010 61 mil millones 71 mil millones (proyección) 10 mmdp
Comportamiento de la Partida 4603: Erogaciones Imprevistas (de ampliación automática)
Año Aprobado Ejercido
2007 75 millones de pesos 204 millones 342 mil pesos
2008 75 millones de pesos 514 millones 573 mil pesos
2009 75 millones de pesos 509 millones 263 mil pesos
GUADALAJARA, JALISCO (08/NOV/2010).- Como “alarmante”, califican diputados miembros de la Comisión legislativa de Hacienda en el
En el dictamen aprobado por esta comisión para cambiar la Ley de Presupuesto (ya turnado al pleno y que se prevé que sea avalado este jueves en sesión plenaria con el voto a favor del PRI, PRD y Verde Ecologista, pese a la postura en contra de los diputados del PAN) se realiza un análisis de las variaciones que en los últimos cinco años ha tenido el Poder Ejecutivo, desde 2005 hasta este año; también da cuenta del incremento de mil 300% en la aplicación de la partida denominada Erogaciones Imprevistas, y del aumento de casi 70% en las partidas de ampliación automática.
Con la intención de terminar con esta manera de ejercer el recurso, el Poder Legislativo pretende aprobar este semana las reformas a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público de Jalisco.
Esta reforma modificaría alrededor de 30 artículos de la referida Ley y crearía una Instancia Técnica Evaluadora que vigile la aplicación del presupuesto del Poder Ejecutivo.
Las reformas surgieron de dos iniciativas que llegaron a la Comisión de Hacienda los días 18 y 20 de octubre. La primera propuesta de modificación fue presentada por los diputados Enrique Aubry de Castro Palomino (Partido Verde) y Patricia Retamoza (PRI); la segunda iniciativa está avalada y propuesta por la fracción parlamentaria priista.
Del estudio de estas dos iniciativas de reforma surgió un documento que fue dictaminado por el perredista Raúl Vargas y que ya fue votado y aprobado en la Comisión de Hacienda. Fue turnado al pleno y se solicitó que se dispensara la sesión intermedia que por ley debe existir para aprobar dictámenes.
El coordinador de los diputados del PRI, Roberto Marrufo Torres, refirió que con la finalidad de dar cumplimiento al proceso legislativo, era necesario informarle oficialmente al Poder Ejecutivo de la discusión de estas reformas y que de considerarlo necesario, algún representante del Gobierno estatal estuviera presente en la argumentación de este dictamen.
La intención es que las reformas se aprueben antes de que acabe noviembre, para que bajo estos nuevos criterios se pueda elaborar el proyecto presupuestal del Gobierno del Estado para el año 2011.
Uno de los impulsores de estas reformas, el mismo Marrufo Torres, reconoció que el gobernador del Estado “podría ejercer su facultad de veto”, es decir, observar y no publicar los cambios a la Ley de Presupuesto, y con ello esta propuesta no entraría en vigor en 2010 y el proyecto de gasto para 2011 no contemplaría “los candados” que pretenden aplicar los diputados.
Para el priista, si esto decide el gobernador Emilio González Márquez, deberá ser él quien pague el costo político: “Estamos conscientes de que podrían vetarse estas reformas, pero ya el gobernador deberá asumir su responsabilidad y deberá rendir cuentas a la sociedad. Si el PAN vota en contra de este dictamen, también deberán explicar (los diputados de este partido) por qué no quieren que el gobernador rinda cuentas y por qué quiere seguir manejando los recursos con discrecionalidad”.
“AMARRAN MANOS” AL GOBERNADOR
Deben informar de cualquier movimiento al Congreso
En su artículo 47, la ley reformada establecerá que: “Cualquier incorporación de partidas al presupuesto requiere la aprobación del Congreso”.
En este mismo sentido se redacta el artículo 48, donde señala que el Poder Ejecutivo, cuando solicite una ampliación presupuestal para alguna partida, deberá explicar las razones por las que resultaron insuficientes los recursos originalmente presupuestados y deberá señalar los hecho no previstos que ocasionaron que se haya desfasado el gasto.
En caso de que el Congreso no atienda las solicitudes del Gobierno estatal para realizar transferencias presupuestales –en un plazo de 60 días–, se le permite al Poder Ejecutivo realizar modificaciones en el gasto hasta del 20% del monto total de la partida de origen, “con esta medida se controlará el gasto discrecional del Ejecutivo, pero se prevé una alternativa para evitar que el Legislativo retrase la aplicación de recursos”, se lee en el dictamen.
En su artículo 50, establece que el Congreso es el único poder facultado para autorizar transferencias entre partidas; no obstante en el artículo 51 establece que “en caso de desastre el gobernador podrá hacer transferencias necesarias de forma inmediata”, pero deberá entregar al Congreso un informe detallado dentro de los 30 días hábiles siguientes a que se ejerza el recurso de las modificaciones presupuestales que concretó para hacer frente al desastre.
Con la finalidad de terminar con las partidas de ampliación automática para el gobernador, que a decir de los legisladores no cuentan con criterios claros de asignación, los diputados pretenden terminar con estas partidas y contar en su lugar, con partidas de ampliación preferencial; ello significa que los ingresos no previstos que lleguen al Poder Ejecutivo y los excedentes por diferentes conceptos deberán destinarse a programas de fortalecimiento social. Para ello se crearía una cuenta especial donde se depositen los recursos extraordinarios y estos recursos para este fin, social, de salud, de educación o seguridad también deberán ser autorizados por el Congreso.
· Gastos de Nómina y Comunicación Social, también se contralarán
Con el argumento de que los logros no necesitan publicitarse, los diputados incluyen en el artículo 53 establece que “no podrá utilizarse más del 0.2% del presupuesto aprobado por dependencia en gastos de difusión, publicación de logros de gobierno o comunicación social; salvo autorización expresa del Congreso del Estado”.
Este mismo artículo se apunta que “no podrá presupuestarse ni utilizarse más del 30% del presupuesto asignado a Servicios Personales de la dependencia o entidad pública correspondiente, para servidores públicos, supernumerarios o contratación de personal por honorarios, salvo por autorización posterior y expresa del Congreso y una vez que demuestre la aplicación de recursos para el cumplimiento de programas previstos”.
· Transparencia e información
Con estas reformas también pretenden obligar al Poder Ejecutivo a informar trimestralmente de los egresos e ingresos que obtengan.
En su artículo 57 obliga a los Poderes del Estado, organismos constitucionales autónomos, municipios y entidades que ejerzan recursos públicos a publicar por medios electrónicos dentro de los 20 días siguientes al cierre de la contabilidad mensual sus estados financieros.
Los egresos deberán desglosarse por concepto y finalidad de gasto, nombre, domicilio del destinatario, partida de origen afectada, saldo disponible y fecha del pago y la cantidad.
En el artículo 107 señala que el Ejecutivo entregará al Congreso información mensual y trimestral. La Secretaría De Finanzas deberá informar a la Comisión de Hacienda del Poder Legislativo mensualmente los montos transferidos a los municipios
· Crean instancia evaluadora
El Congreso del Estado pretende crear una Instancia técnica evaluadora que realizará informes trimestrales de la evaluación económica de los ingresos y egresos del recurso público, tomando en cuenta los calendarios dados a conocer previamente por las dependencias.
Esta Instancia evaluará el grado de cumplimiento de los objetivos, las metas y la aplicación de recursos estatales y federales. Todas las evaluaciones deberán ser públicas.
Si bien el Poder Legislativo pretende “amarrarle las manos” para evitar el gasto discrecional en el recurso, estatal, lo cierto es que no aplican medidas similares para otros poderes públicos.
Los motivos de la desconfianza
Histórico de presupuesto estatal, diferencias entre lo aprobado por el Congreso y lo ejercido
Año Aprobado Ejercido Diferencia
2005 39 mil 425 millones 41 mil 233 millones mil 808 millones 4.6%
2006 43 mil 435 millones 46 mil 192 millones dos mil 767 millones 6.4%
2007 49 mil 933 millones 56 mil 85 millones seis mil 151 millones 12.3%
2008 56 mil 303 millones 65 mil 837 millones nueve mil 533 millones 16.9%
2009 65 mil millones 78 mil 810 millones 13 mil 810 millones 21.2%
2010 61 mil millones 71 mil millones (proyección) 10 mmdp
Comportamiento de la Partida 4603: Erogaciones Imprevistas (de ampliación automática)
Año Aprobado Ejercido
2007 75 millones de pesos 204 millones 342 mil pesos
2008 75 millones de pesos 514 millones 573 mil pesos
2009 75 millones de pesos 509 millones 263 mil pesos
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