Jalisco

Diputados de Jalisco aprueban nueva Ley de Adquisiciones

Esta nueva norma establece que para la contratación de bienes y servicios del gobierno se le dé preferencia a empresas del Estado

GUADALAJARA, JALISCO (22/ENE/2015).-El pleno del Congreso aprobó una nueva Ley de Adquisiciones que propone que por lo menos el 51 por ciento del gasto público que realice el Gobierno del Estado para la adquisición y contratación de bienes y servicios, efectúe con empresas establecidas en el Estado de Jalisco.

De acuerdo con la nueva norma que entraría en vigor un día después a que el Poder Ejecutivo publique la norma aprobada por los diputados, las empresas jaliscienses deberán representar cuando menos el 80% del total de proveedores del Gobierno del Estado para la adquisición y contratación de bienes y servicio.

"Esta es una iniciativa de ley que impulsa la inversión del gasto público del Gobierno del Estado en el mercado interno de Jalisco, que tiene varios efectos económicos positivos como la inversión e incentivo a la productividad, el desarrollo de las empresas jaliscienses y un efecto multiplicador de empleo”, asegura Enrique Velázquez

Además, el perredista se refirió a la necesidad de consolidar el mercado interno y economía de Jalisco.

La reforma tiene la intención de establecer una preferencia por la economía y empresas de Jalisco, en la que en igualdad de condiciones de precio y calidad para la contratación de bienes y servicios que realice el Gobierno, se le dé preferencia, primero al mercado interno de Jalisco, en segundo lugar al mercado nacional y solo cuando no exista oferta estatal ni nacional, para las adquisiciones que requiera el gobierno, podría recurrir al mercado internacional.

De acuerdo con el promotor de esta iniciativa, el perredista Enrique Velázquez la Ley establece un sistema que privilegia la eficiencia, eficacia y transparencia en el gasto público.

"En los distintos procedimientos de adquisición y contratación de bienes y servicios se establecen montos mínimos y máximos, lo anterior para determinar cuál es el procedimiento de contratación, en el que exista mayor competencia entre proveedores y se obtengan las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad y financiamiento que más beneficie a la hacienda público", señaló.

¿Qué dice la Ley?

Licitación pública: cuando el monto de la operación sea superior a 15 mil 500 veces el salario mínimo general vigente.

Concurso: cuando el monto de la operación sea superior a seis mil veces e inferior a 15 mil 500 veces el salario mínimo general vigente.

Invitación a cuando menos tres proveedores: cuando el monto de la operación sea superior a tres mil veces e inferior a seis mil veces el salario mínimo general vigente.

Adjudicación directa: cuando el monto de la operación sea inferior a tres mil veces el salario mínimo general vigente.

EL INFORMADOR / ZAIRA RAMÍREZ
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