Jalisco
CUCSH dice que los retenes son inconstitucionales
Esta resolución fue hecha en base a los artículos 11, 16, 20 y 21, que hablan del libre tránsito
UdeG), afirmaron que los retenes policiales no sólo son inservibles para combatir la delincuencia, sino que son inconstitucionales.
Indicaron que además de molestos y violatorios a los derechos humanos, los retenes son ilegales y anticonstitucionales porque violan los Artículos 11, 16, 20 y 21 que garantizan que todo ciudadano pueda circular por el país sin ser molestado.
El profesor investigador del Departamento de Derecho Público, del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades ( CUCSH), Juan Manuel Torres Barajas, señaló que el Artículo 11 de la Constitución otorga a los ciudadanos la libertad de tránsito.
Dijo, el Artículo 16, garantiza el derecho a no ser molestados en su persona y sus bienes; el Artículo 20, la presunción de inocencia, y el Artículo 21 limita a los policías a realizar actos de investigación bajo supervisión del Ministerio Público.
El jefe del Departamento de Derecho Público del CUCSH, doctor Adrián Miranda Camarena, agregó que no es con actos que causan molestia a los ciudadanos, como va a combatirse la delincuencia en nuestro país.
Puntualizó que además, 'revisar a los automovilistas es ilegal y grave porque deberían estar presentes agentes del Ministerio Público, ya que dejan indefenso al dueño porque puede prestarse a que les sustraigan objetos de valor o le pongan cosas dentro'.
El jefe del Departamento de Disciplinas Afines al Derecho del CUCSH, Julio Noé Aguilar Betancourt, consideró que los retenes policiales son una muestra de la ineficiencia y la incapacidad de las autoridades responsables por velar de la seguridad pública.
'Con el afán de cumplir con su mandato de combatir el crimen, siguen en lo mismo y no aprenden que deberían crear un nuevo paradigma para combatir el crimen, como también está colapsado el sistema jurídico en el país, que actúa como si estuviéramos en 1917', expresó.
GUADALAJARA, JALISCO (12/JUL/2010).- Especialistas de la División de Estudios Jurídicos de la Universidad de Guadalajara (
Indicaron que además de molestos y violatorios a los derechos humanos, los retenes son ilegales y anticonstitucionales porque violan los Artículos 11, 16, 20 y 21 que garantizan que todo ciudadano pueda circular por el país sin ser molestado.
El profesor investigador del Departamento de Derecho Público, del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades ( CUCSH), Juan Manuel Torres Barajas, señaló que el Artículo 11 de la Constitución otorga a los ciudadanos la libertad de tránsito.
Dijo, el Artículo 16, garantiza el derecho a no ser molestados en su persona y sus bienes; el Artículo 20, la presunción de inocencia, y el Artículo 21 limita a los policías a realizar actos de investigación bajo supervisión del Ministerio Público.
El jefe del Departamento de Derecho Público del CUCSH, doctor Adrián Miranda Camarena, agregó que no es con actos que causan molestia a los ciudadanos, como va a combatirse la delincuencia en nuestro país.
Puntualizó que además, 'revisar a los automovilistas es ilegal y grave porque deberían estar presentes agentes del Ministerio Público, ya que dejan indefenso al dueño porque puede prestarse a que les sustraigan objetos de valor o le pongan cosas dentro'.
El jefe del Departamento de Disciplinas Afines al Derecho del CUCSH, Julio Noé Aguilar Betancourt, consideró que los retenes policiales son una muestra de la ineficiencia y la incapacidad de las autoridades responsables por velar de la seguridad pública.
'Con el afán de cumplir con su mandato de combatir el crimen, siguen en lo mismo y no aprenden que deberían crear un nuevo paradigma para combatir el crimen, como también está colapsado el sistema jurídico en el país, que actúa como si estuviéramos en 1917', expresó.
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