Jalisco

Avanza tipificación de sexting como delito en Jalisco

La Comisión de Puntos Constitucionales aprueba reformas al Código Penal del Estado

GUADALAJARA, JALISCO (14/AGO/2017).- Difundir vídeos o fotografías intimas a través de internet, sin el consentimiento de los involucrados será delito en Jalisco. Diputados de la Comisión de Puntos Constitucionales en el Congreso aprobaron reformas al Código Penal del Estado para incluir estas modalidades de ilícitos. En el caso del llamado sexting o porno-venganza se especifica que, si la difusión de las imágenes se realiza a través de celulares, computadoras, tabletas o utilizando cualquier otra tecnología, la pena será de cuatro a ocho años de prisión. Se detalla que cuando el agresor reproduce imágenes en físico (en fotocopias o fotografías), las reparte o exhibe, se le impondrá una pena de dos a cinco años de prisión. En los casos donde la víctima es una persona menor de edad la pena será de seis a doce años de prisión.
 
"En este delito las personas se conocen. Víctima y victimario fueron amigos, novios o esposos. Hay una relación de confianza entre ellos, por eso el sexting o porno-venganza es un acto de traición", señaló la diputada Rocío Corona Nakamura, presidenta de la comisión.
 
Se reforma el artículo 224 del Código Penal estatal y adicionan los artículos 135 bis y 142-A último párrafo para incluir el delito de porno-venganza o sexting. También se avaló incluir en la legislación local sanciones por alentar o incitar conductas suicidas a través de páginas de internet y medios electrónicos.
 
La diputada Corona Nakamura explicó que estás reforma surge a raíz del llamado reto de la ballena azul, que se popularizó a principios de año.  Según la reforma al que instigue o aliente al suicidio a persona mayor de 12 años, y éste se consuma, se impondrá de 3 a 10 años de prisión. Si no se concreta, pero produce lesiones, la pena será de 3 días a 8 años de prisión. Si la instigación es contra persona menor de 12 años, la pena se agrava si se produce la muerte, se impondrá de 20 a 40 años de prisión.  
 
Tipifican robo de agave
 
La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó modificaciones al Código Penal para sancionar el robo de agave y considerar como robo, el apoderamiento de especies o productos agrícolas y forestales, que se encuentren o no adheridos al suelo; así como el acopio, posesión, adquisición, transportación, comercialización o almacenamiento de productos agrícolas robados. La sanción va de seis a 18 años de prisión y multa de 20 a mil unidades de medida y actualización (UMA); es decir, de mil 509 pesos hasta 75 mil pesos, por este delito.
 
EL INFORMADOR / RODRIGO RIVAS

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