Jalisco
Aprueban la Ley de Ejecución de Penas
Avalan que la administración de los castigos ya no sea responsabilidad del Ejecutivo
Actualmente, el sistema de impartición de justicia establece que en la cadena de quienes intervienen en este proceso está que el policía —autoridad municipal o estatal— detiene a un presunto delincuente; el Ministerio Público —la Procuraduría General de Justicia del Estado— integra la averiguación; después son los jueces —el Poder Judicial— el que determina la culpabilidad del delincuente —en caso de ser el caso—; una vez que los reos están en la cárcel, que además son administradas por el Estado, es un Consejo integrado por representantes del Poder Ejecutivo los que determinan si a los presos se les condona la sanción o la pena. Uno de los principales cambios de esta Ley será que el Poder Judicial tendrá en sus manos la facultad de determinar si los reos son susceptibles de reducción de penas.
Después de tres años, los legisladores locales lograron desahogar casi en su totalidad el paquete de iniciativas que el pasado 22 de marzo envió al Congreso el goberandor Emilio González Márquez.
Y TAMBIÉN
Protección a los no fumadores
El pleno del Congreso avaló la Ley para la Protección de la Salud de los no Fumadores, un tema que estaba rezagado en el Poder Legislativo, pues a nivel nacional existe una norma en la materia desde 2008. Tras publicarse, la ley entraría en vigor tres meses después, pero da 30 días para que los dueños o responsables de espacios libres de humo “den cumplimiento a la obligación de fijar en el interior y exterior los señalamientos que informen la prohibición de fumar”. La ley prevé castigo de 10 a 100 días de salario mínimo (605 a seis mil pesos) para quienes fumen en lugares denominados libres de humo.
Síguenos en