Jalisco
Aprueban en comisiones reformas al Código Electoral y Penal
Aprueban reformas para sancionar con pérdida de registro a candidatos que rebasen topes de campaña y para incluir la figura de Desaparición Forzada en el Código Penal
El pasado 30 de junio diputados del Partido Acción Nacional presentaron iniciativa para sancionar a quienes rebasen topes de campaña.
El objetivo de la iniciativa es dar una herramienta al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPC), a través de la Unidad de Fiscalización de los recursos a partidos políticos, así como al Tribunal Electoral del Estado, quienes podrán resolver el no registrar, cancelar candidaturas o inclusive anular una elección en donde se haya presentado un precandidato de cualquier partido político que rebase los gastos de campaña que marca la ley.
Por otra parte, Puntos Constitucionales también aceptó cambios al Código Penal para incluir la figura de Desaparición Forzada. Al respecto, el diputado Hernán Cortés escribió ''Puntos Constitucionales, aprobó tipificar desaparición forzada, iniciativas de @MTROJAIMEPRIETO @ClementeCH y @JCMarquezRosas''.
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la desaparición forzada es entendida como el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la negligencia del Estado.
Actualmente el país cuenta con 10 entidades que en sus legislaciones locales está tipificado este delito: Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Coahuila, Distrito Federal, Durango, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca y San Luis Potosí. Desde 2001 se tipificó en el Código Penal Federal y en Chiapas y Guerrero ya cuentan con leyes específicas para el combate de este delito.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ha contabilizado más de 400 casos de desaparición forzada, únicamente durante el sexenio pasado.
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