Jalisco
Aprueban Ley para la Protección de la Salud de los no fumadores
La ley prevé castigo de 10 a 100 días de salario mínimo para quienes fumen en lugares denominados libres de humo
A pesar de que la primera iniciativa en la materia está en estudio en el Congreso local desde hace cuatro años, fue hasta este lunes, cuando los legisladores locales aprobaron que la entidad contara con una norma en la materia.
La primera iniciativa para crear una ley en la materia en Jalisco data del 12 de septiembre de 2008 los legisladores decidieron retirarla del pleno y nunca fue reagendada. En 2010 la fracción del PAN presentó una iniciativa similar, para crear la Ley de Protección contra la Exposición al Humo del Tabaco en Jalisco.
Tras publicarse, la ley entraría en vigor tres meses después, pero además da 30 días para que los dueños o responsables de espacios libres de humo “den cumplimiento a la obligación de fijar en el interior y exterior los señalamientos que informen la prohibición de fumar”.
La ley prevé castigo de 10 a 100 días de salario mínimo (605 pesos a seis mil pesos) para quienes fumen en lugares denominados libres de humo. La sanción se incrementa para los dueños de negocios, titulares de concesiones o permiso de transporte público de pasajero: de 100 a mil veces el salario mínimo, es decir, hasta 60 mil pesos. En caso de reincidencia, la multa se podría duplicar.
En el Artículo 33 se explica que las multas serán impuestas por un juez municipal; los recursos recaudados por estas sanciones serán destinados a la Secretaría de Finanzas, que usará ese dinero en programas contra el tabaquismo y enfermedades relacionadas con el hábito de fumar.
De hecho, organismos ciudadanos como el Codice ha advertido que el Congreso, durante meses, puso como pretexto la falta de disposición de los empresarios para no emitir la ley estatal, cuando, en realidad, la industria restaurantera ha mostrado apertura respecto a designar sus espacios 100% libres de humo.
EL INFORMADOR / ZAIRA RAMÍREZ
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