Jalisco
Adjudican directamente siete proyectos a un mismo despacho
El despacho se encargó de elaborar el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de “Huentitán El Alto”
Esta empresa, encabezada por el arquitecto Francisco Pérez Arellano, fue la misma que se encargó de elaborar el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de “Huentitán El Alto” (donde se edificará el complejo Puerta Guadalajara), y cuyo proceso de adjudicación es investigado por la Contraloría Municipal por petición del pleno del Ayuntamiento.
A través del oficio DGCPM 157/08 signado por el director general de Coordinación y Planeación Municipal, Víctor Martínez de Castro Green, la dependencia informa que el multicitado despacho de arquitectos fue contratado en 2007 para elaborar el “Plan de Desarrollo Intermunicipal”, bajo el número de contrato OPG-OD-EYP-AD 106/07, por la cantidad de un millón 045 mil 026.83 pesos; el “Componente de Desarrollo Metropolitano del Plan de Desarrollo Intermunicipal”, bajo el número de contrato OGP- OD-EYPAD-162/07, por la cantidad de 909 mil 973.01 pesos.
Así como también el “Proyecto de Estrategia de Intervención de la Zona Norte del Municipio de Guadalajara”, bajo el número de requisición 170010030, por la cantidad de 210 mil pesos.
Para 2008 la Comisión de Adjudicación de Obra Pública asignó tres proyectos más a Francisco Pérez y Asociados. El primero de ellos es el “Proyecto Ejecutivo para la Construcción del Andador Panorámico Malecón”, bajo el número de contrato OPG-CUP-EYP-AD-092/08, por la cantidad de 674 mil 843 pesos.
El segundo es el “Proyecto Ejecutivo para el Mejoramiento Urbano del Parque Juan Soriano”, bajo el número de contrato OPG-R33-EYP-AD-092/08, por la cantidad de 494 mil 879.50 pesos. Y finalmente, el “Proyecto Ejecutivo para el Mejoramiento Urbano del Centro Barrial Tetlán Río Verde”, bajo el número de contrato OPG-R33-EYP-AD-093/08, por la cantidad de 337 mil 421.50 pesos.
Destaca que el despacho de Francisco Pérez Arellano, no fue contratado por la pasada administración en ninguna ocasión, ya que la empresa se registró apenas el 24 de diciembre de 2007 en el padrón de proveedores del Ayuntamiento tapatío. Sin embargo, en el oficio suscrito por Martínez de Castro Green, se detalla que para el “Proyecto de Estrategia de Intervención de la Zona Norte del Municipio de Guadalajara”, la requisición data del 5 de diciembre de 2007, es decir, 19 días antes de que esta empresa se diera de alta como proveedor del municipio.
De acuerdo con el sistema electrónico WebCompras del Ayuntamiento de Guadalajara, el despacho de Francisco Pérez Arellano, fue invitado 25 ocasiones más para cotizar en diferentes compras del municipio, pero sólo respondió a tres.
Lo mismo ocurrió con el despacho Corporación Planen, que encabeza el ex secretario de Desarrollo Urbano, Claudio Sáinz David, el cual fue invitado a cotizar en 24 diferentes trabajos y proyectos, pero no respondió a ninguno, aunque actualmente se encuentra documentado que se le adjudicó de manera directa el proyecto ejecutivo para regenerar avenida Chapultepec y Los Arcos. La empresa de Sáinz David, también se dio de alta durante la presente administración en el padrón de proveedores del municipio el 1 de julio de 2007.
En ambos casos, el vocal ejecutivo de la Comisión de Planeación Urbana (Coplaur), Juan Palomar Verea, ha admitido públicamente que estos despachos han sido invitados o contratados para realizar proyectos ejecutivos a propuesta de su dependencia.
Juan Palomar Verea y Francisco Pérez Arellano fueron contratados por la Comisión Estatal de Agua y Saneamiento en 2004 para diseñar un parque ecológico en la Barranca de Huentitán. El complejo albergaría un área de pesca, hoteles ecológicos, un museo, zonas para acampar e incluso un teleférico.
A principios de 2007 todavía durante la gestión de Sáinz David al frente de la Secretaría de Desarrollo Urbano (Sedeur), el titular de Coplaur fue contratado por esta dependencia estatal, para realizar el “Plan General de Arbolado de la Avenida López Mateos” y el proyecto conceptual del “Nodo Camino al ITESO”, bajo las adjudicaciones Sedeur/1163/2007 y Sedeur/1166/2007, respectivamente.
El pasado 31 de agosto Palomar Verea reconoció que desde el momento en que esta empresa fue invitada para participar en el concurso por los proyectos ejecutivos de Chapultepec y Los Arcos, se tenía conocimiento de que el ex secretario de Desarrollo Urbano, era el titular de la compañía.
“Conozco al arquitecto Claudio Sáinz desde hace muchos años, por cuestiones profesionales y académicas; igual que conozco a otro número de arquitectos”.
— ¿Usted sabía entonces que Corporación Planen pertenecía a Claudio Sáinz?
— Sí, bueno, eso es conocido en todo el medio arquitectónico. No se emplea un método de selección (para hacer las invitaciones) en el que se involucren otras consideraciones que las estrictamente profesionales”.
Exige regidor suspender contrataciones con despacho
El regidor tapatío Salvador Caro Cabrera exigió que se suspendan todas las contrataciones con el despacho Francisco Pérez y Asociados, en tanto la Contraloría Municipal determina si hubo irregularidades en la adjudicación del Plan Parcial de Desarrollo Urbano correspondiente a “Huentitán El Alto”.
“Se tiene que revisar todo lo que ha hecho este despacho, se le deben suspender las contrataciones y el alcalde debe tener ya claro que están coludidos el despacho y el vocal de Coplaur. Debe boletinarse a otros municipios e investigarse cuáles son los beneficios que logró Palomar Verea con este asunto de las asignaciones directas”.
El edil priista recordó que además del proceso anómalo con el que fue adjudicado este trabajo, durante la revisión del ordenamiento elaborado por este despacho, se modificó sin justificación alguna el uso de suelo de un predio propiedad municipal, para convertirlo en habitacional de alta densidad vertical. Este terreno coincidentemente colindaba con el predio donde se construirá Puerta Guadalajara.
“La relación entre este despacho y Palomar Verea, con el Plan Parcial de Huentitán en lo que tenía que ver con Puerta Guadalajara, demuestra que ese despacho está coludido con este funcionario para enriquecerse de manera ilícita. Una prueba contundente fue cómo intentaron apropiarse de un terreno municipal para convertirlo en habitacional de alta densidad”.
Caro Cabrera calificó este tipo de anomalías en las contrataciones de servicios para el municipio, como “tráfico de influencias” y conminó a la Contraloría Municipal para que acelere la investigación del caso.
Reiteró que deben ser cesados de sus cargos el director de Obras Públicas, Gilberto Toscano García de Quevedo y el vocal ejecutivo de Coplaur, Juan Palomar Verea.
¿Qué dice el Reglamento de Obra Pública del Ayuntamiento de Guadalajara?
Artículo 82.
1. La contratación de obra pública se llevará a cabo bajo las siguientes modalidades:
I. Adjudicación directa, en los casos y bajo las condiciones que a continuación sedescriben:
a) Por un monto que no exceda de 43 mil salarios mínimos vigentes en el Municipio de Guadalajara al momento de la contratación, en cuyo caso se deberá informar a la comisión.
II. Concurso por invitación limitada, es aquel que se realiza mediante convocatoria
por escrito, con el visto bueno de la comisión, por parte de la dependencia o entidad contratante, a cuando menos cuatro personas físicas o jurídicas registradas en el Padrón Municipal de Contratistas, que tengan la idoneidad, capacidad técnica y económica, cuando el importe de cada operación sea por un monto mayor a 43 mil salarios mínimos vigentes al momento de la contratación y que no exceda de 106 mil salarios mínimos vigentes en el Municipio de Guadalajara al momento de la contratación.
III. Licitación Pública, la que mediante convocatoria abierta efectué la dependencia o entidad que solicite la contratación con el visto bueno de la Comisión, a todas las personas, físicas o jurídicas, que estén en capacidad de participar en los términos este reglamento y cuando el importe de cada operación sea por un monto mayor a 106 mil salarios mínimos vigentes en el Municipio de Guadalajara al momento de la contratación.
2. La contratación de la obra no podrá fraccionarse para simular los límites establecidos en este ordenamiento, como consecuencia de una inadecuada planeación por parte de quienes la solicitan, o por una desviación infundada en la aplicación o interpretación del mismo; se incurre en esta prohibición cuando se efectúe la contratación de varias obras, para satisfacer una misma necesidad en un periodo determinado, las cuales sumadas alcancen un monto mayor a los 43 mil salarios mínimos, o bien que las obras contratadas respecto de un mismo proyecto, excedan la cantidad correspondiente al costo total de la obra, siendo éstas motivo de una sola adjudicación con entregas parciales.
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