Economía

Religiosas o no, escuelas privadas deben dar factura

Si un padre de familia requiere comprobante fiscal y no es expedido, debe reportarlo al SAT

CIUDAD DE MÉXICO (10/FEB/2016).- Las escuelas particulares, sin importar si son de tipo religioso o no, están obligadas a expedir factura por el pago de inscripciones y colegiaturas.

Si un padre de familia requiere este comprobante fiscal y éste no es expedido, debe ser reportarlo ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Esto aplica a partir de la reforma fiscal de 2013 y pese a que más de la mitad de las escuelas dirigidas por religiosos son donatarias autorizadas, tienen la obligación de expedir factura por el pago de colegiaturas e inscripciones, explicó Alexandro Aldape, presidente de la Confederación Nacional de Escuelas Particulares a EL FINANCIERO.

Pese a que cualquier institución educativa puede registrarse como donataria, la mayoría de las escuelas de orden religioso pertenecen a esta clasificación porque a diferencia de una persona moral con actividad empresarial buscan objetivos diferentes, explicó.

“No es que tengan más facilidades, los objetivos son diferentes. Las escuelas religiosas no buscan tener ganancias, sino preservar sus costumbres y tradiciones”, señaló.

Las donatarias deben reinvertir su excedente en sí mismas y enterarlo al fisco y las registradas como personas morales pagan 35 por ciento de sus ganancias de Impuesto sobre la Renta.

La expedición de facturas por las colegiaturas es importante para los padres, pues con éstas pueden deducir el servicio como un gasto personal, explicó Herbert Bettinger, fiscalista.

Cabe resaltar que en la declaración anual se puede deducir hasta 14 mil 200 pesos por un niño que va en preescolar, 12 mil 900 por escuela primaria y 19 mil 900 por secundaria.

Aristóteles Núñez, jefe del SAT explicó que si una escuela pertenece a alguna asociación religiosa y sus actividades no tienen meramente el carácter de cumplir con los fines de la asociación, ésta institución educativa tiene el carácter de un contribuyente normal, el cual debe cumplir con sus obligaciones y pagos fiscales.

Bettinger señaló que no es del todo difícil que las escuelas se registren como donatarias autorizadas, siempre quecumplan con los requisitos para garantizar que no tienen un fin lucrativo.

Explicó que puede entenderse una donación como libros para la biblioteca o materiales de construcción para una cancha deportiva. En tanto, las colegiaturas son ingresos para las escuelas, y están obligadas a expedir facturas y llevar un control de estos ingresos.

Las actividades que pueden ser autorizadas para recibir donativos deducibles son en general: asistenciales, educativas, investigación científica o tecnológica, culturales, ecológicas, becantes, de escuela-empresa, de obrasservicio público y de desarrollo social.
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