Economía

Reglas para emisoras públicas y entidades de ahorro se modifican

La SHCP modifica las disposiciones generales aplicables a las emisoras de valores, entidades de ahorro, crédito popular, organismos de integración y sociedades financieras

CIUDAD DE MÉXICO (12/ENE/2015).- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público ( SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación ( DOF) modificaciones a las disposiciones generales aplicables a las emisoras de valores, así como a las entidades de ahorro y crédito popular, organismos de integración, sociedades financieras comunitarias y organismos de integración financiera rural.

De la segunda a la quinta sección del DOF se despliegan las dos resoluciones clasificadas en cuatro partes, donde se explican las reglas que deberán seguir las organizaciones referidas tras la reforma financiera que modificó la Ley del Mercado de Valores y la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras en 2014.

"Resulta conveniente que las ofertas públicas a que alude el párrafo anterior, se dirijan a esta clase de inversionistas (calificados), al tiempo de establecer las características que deberán cumplir este tipo de ofertas, así como los requisitos que deberán satisfacer las emisoras para su realización", señala parte de la resolución a las emisoras de valores.

Dentro del documento, la SHCP presentó las modificaciones efectuadas a nueve artículos de las "Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores" publicadas en el DOF el 19 de marzo de 2003, así como adiciones y sustitución de anexos.

Por otra parte, los ajustes realizados a más de 30 artículos de las "Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades de ahorro y crédito popular, organismos de integración, sociedades financieras comunitarias y organismo de integración financiera rural" buscan integrar los requisitos que deberán observar las sociedades financieras en general.
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