Economía
Profeco publica criterios para determinar sanciones por infracciones
Establece multas desde 250 a casi un millón 372 mil pesos por impedir inspecciones
En un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) destaca la importancia de proteger a los compradores de bienes y servicios, como uno de los temas clave para el desarrollo sostenido de las sociedades modernas, tecnológicas e industrializadas, como México.
En el documento, en vigor a partir de mañana, subraya además que las reglas del derecho común constituyen una endeble protección, lo que hace indispensable la existencia de normas jurídicas especializadas y congruentes con la realidad.
El organismo precisa que el consumo privado en el país aumenta entre 2.0 y 2.4 puntos porcentuales cada año, lo que se traduce en un mayor número de operaciones comerciales sobre bienes y servicios sujetos a la regulación, control y protección del Estado.
Refiere que como parte del programa operativo de Transparencia y Combate a la corrupción, la Profeco cuenta con un mapa de riesgos de corrupción institucional y con programas y procesos para transparentarlos y eliminar la discrecionalidad y combatir los actos ilícitos.
De esta forma, detalla que el objetivo de esta norma es unificar criterios en la operación diaria de las unidades administrativas adscritas a la Subprocuraduría de Verificación de la Profeco, así como de sus delegaciones subdelegaciones y unidades de servicio.
Así, dicho acuerdo define el procedimiento de cálculo y la imposición de multas en materia de gas LP, gasolina y diesel, y entre las sanciones, el organismo establece una multa desde 250 pesos en caso de impedir una visita de inspección, a un millón 372 mil 195.89 pesos por agredir física o moralmente a los verificadores.
Plantea aspectos como la clausura y las infracciones a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización por incumplimiento a la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCFI-2011, además de aspectos sobre la individualización de multas para estos productos, dependiendo del perjuicio, intencionalidad, gravedad, reincidencia o condición económica del infractor.
Síguenos en