Economía
Prevén en reforma financiera reordenamiento de sofomes
Se tendrán que incorporar al régimen de entidades reguladas
Entre los cambios más importantes que se plantean en el documento, destaca que más sofomes se sumarían al régimen de entidades reguladas, si es que tienen vínculos patrimoniales con entidades del sector de ahorro y crédito popular y con sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.
“Esto obedece a que los intermediarios con que se encuentran vinculados captan recursos del público en general, y por ello deben estar también sujetos a la regulación y supervisión de las autoridades financieras”, explica el proyecto.
Hoy, sólo las sofomes que están vinculadas con otras instituciones de crédito, como los bancos o grupos financieros, están catalogadas como entidades reguladas.
La reforma financiera, en lo referente a las sofomes, plantea también que se incorporen al régimen de entidades reguladas las entidades de este tipo que emitan deuda en el mercado de valores para fondear sus operaciones.
El documento establece, además, como nuevo requisito para ser considerada como sofom y tener acceso a todos los beneficios fiscales propios a esta figura poseer registro ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), previa opinión favorable de ésta para que se pueda proceder a la constitución de la entidad y, una vez constituida, se esté en posibilidad de otorgar el registro definitivo.
“Esta medida permitirá contar con un registro especial con efectos constitutivos para este tipo de entidades, propiciando un mayor orden en el sector de los otorgantes de crédito profesionales que pretendan operar como tales, y obtener los beneficios fiscales que le corresponden”.
Aunado a ello, se establece la obligación de las sofomes de mantener actualizada su información ante la Condusef y notificar cada vez que ocurra algún acto que modifique su situación jurídica o corporativa, pues se prevé un procedimiento mediante el cual, ante un incumplimiento de esta obligación, la Comisión podrá cancelar el registro de la entidad, cuyo efecto será la pérdida de su calidad de entidad financiera y de los beneficios fiscales que se le atribuyen.
El proyecto establece también como obligación que las sofomes proporcionen información al menos a una Sociedad de Información Crediticia (SIC), y que el cumplimiento de dicha obligación deba constar en su registro ante la Condusef, con el fin de mantenerlo actualizado y vigente. De igual forma, se propone fortalecer las facultades de la CNBV y Banxico para requerir información a esas entidades para el adecuado desempeño de sus funciones.
Edgar Juárez
edgar.juarez@eleconomista.mx
EL ECONOMISTA
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