Economía
Pierden los impugnadores del IETU
Aún falta una sesión del proceso en la Suprema Corte
En total, a lo largo de sus tres sesiones, el pleno del máximo tribunal del país ha declarado infundados al menos 13 de los 15 argumentos que emplearon los empresarios para pedir la anulación del impuesto por inconstitucional.
En su sesión de este jueves, la Corte validó que el IETU no contemple diversos conceptos que los empresarios pedían que se les permitiera deducir; y que no se permita la deducibilidad de intereses que deriven de operaciones de financiamiento (deudas).
También avaló el hecho de que a la entrada en vigor del impuesto, en enero de 2008, se permitiera la deducción, únicamente, para las inversiones realizadas del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2007; y el crédito por inversiones efectuadas, también únicamente en el periodo que va del 1 de enero de 1998 al 31 de diciembre de 2007. En todos estos puntos, la Corte determinó que no se viola el principio de equidad tributaria ni se afecta a quienes no fueron contemplados en esos supuestos.
Habrá problemas en EU
La Cámara Americana de Comercio en México (AmCham) advirtió que habría problemas para la inversión extranjera directa en México si una autoridad en Estados Unidos determina que el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) no es acreditable en su territorio, como si fuera el ISR.
La economista en Jefe de la AmCham, Deborah Riner, señaló que actualmente el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) del vecino país analiza si continúa con esa medida, situación que fue informada al Congreso mexicano desde finales del año pasado.
“Por el momento, la posibilidad de aplicar el IETU como si fuera Impuesto Sobre la Renta (ISR), contra ISR debido en Estados Unidos es temporal. Ojo, porque si no se acepta que se puede aplicar el IETU pagado en México contra el ISR debido en Estados Unidos, podría causar un gran problema a la inversión extranjera directa”, dijo Riner. (Agencias)
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