Economía

Multan a Alsea con 20.4 MDP por contratos de exclusividad

La compañía mexicana señala que llevará a cabo acciones legales al considerar el castigo incorrecto

CIUDAD DE MÉXICO (20/NOV/2015).- La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECO ) impuso una multa de 20.4 millones de pesos a la compañía mexicana Alsea, operadora de marcas como Starbucks y Domino’s Pizza, por supuestos contratos con cláusulas de exclusividad que impiden la entrada de otros competidores en centros comerciales.

“A pesar de que la compañía no ha celebrado contratos de arrendamiento que incluyan algún derecho o cláusula de exclusividad a su favor en centros comerciales, la resolución emitida el día de ayer impone una multa a Alsea que asciende a la cantidad de 20 millones 461 mil 393.65 pesos”, precisó la empresa en un comunicado.

El corporativo de la familia Torrado comentó que la multa fue determinada con base a los ingresos acumulables de Alsea para el año 2014 y consideró que la sanción “es incorrecta y por lo mismo llevará a cabo las acciones legales correspondientes con la finalidad de impugnar dicha resolución”.

La multa para la compañía formó parte de la conclusión del procedimiento de verificación de cumplimiento de condiciones relacionadas con la obligación de incluir una cláusula de no exclusividad en algunos contratos de arrendamiento en centros comerciales, dijo.

En abril de 2014, Alsea se comprometió a no celebrar o mantener en vigor contratos de arrendamiento, ni cualquier otra modalidad o figura jurídica que permitiera el uso, goce y disposición temporal o permanente de locales o espacios en centros comerciales, para la operación de sus restaurantes en México.

Dentro del documento Obligaciones sobre arrendamientos en centro comerciales, Alsea presentó de manera oficial cuatro compromisos para evitar prácticas que atentan contra la libre competencia, en el marco del proceso de autorización para la compra de Restaurantes Vips que fue condicionada por la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECO ).

"Alsea no podrá obligar al centro comercial a que la renta de un espacio o local destinado a los restaurantes o negocios en los que la empresa tengan alguna participación accionaria, se sujete a la condición de rentar otro u otros espacios o locales del centro comercial", decía uno de los compromisos asumidos.
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