Economía
Juez de Mexicana pide intervención de Secretaría de Economía
La juzgadora pide a la dependencia indicar la forma en que un inversionista puede verse beneficiado por algún tipo de reserva, estímulo o incentivo fiscal, por el rescate de la empresa
Explicó que de acuerdo con las facultades de que goza dicha dependencia, ésta puede gestionar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) estímulos fiscales necesarios para el fomento de la atracción de la inversión extranjera, estimulando así la compra y capitalización de la empresa concursada y sus filiales.
"Es importante destacar a la Secretaría, que bajo la coordinación del conciliador y administrador Gerardo Badín, se realizó a la suscrita juez una presentación personalizada y electrónica del plan de negocios y del modelo financiero de la concursada, y se evidencian los aspectos fundamentales que otorgan viabilidad al negocio propuesto para el reinicio de operaciones", refirió.
En este contexto, la juez ordenó girar un oficio a la SE donde, vía informe pormenorizado y sustentado, se detallen los beneficios más representativos y en especial de tipo fiscal, que puede gestionar para un inversionista nacional o extranjero, cuya intención es materializar dentro del territorio nacional una inversión directa.
Asimismo, apuntó, que indique los mecanismos e instrumentos más representativos en materia financiera que le permitan a los interesados en Mexicana adquirir de forma legal, ágil y eficaz la inyección de capital proveniente de Estados Unidos, Suiza y de Canadá.
También, que mencione las modalidades, procesos, requisitos, o bien, los vehículos legales y financieros que un inversionista debe cumplir para internar al territorio nacional una inversión directa, incluso para aplicar dichos recursos económicos del extranjero al país y si puede fungir como auxiliar del juzgado federal.
La juzgadora pide a la dependencia indicar la forma en que un inversionista puede verse beneficiado por algún tipo de reserva, estímulo o incentivo fiscal, sin ser objeto de gravamen fiscal alguno.
Ello, abunda, hasta en tanto dichos recursos sean efectivamente aplicados para la adquisición y capitalización de la empresa concursada y sus filiales.
Por lo anterior, la dependencia deberá contestar en un plazo de tres días a partir de que surta efecto la notificación del proveído, pues de lo contrario se le impondrá una multa de 450 días de salario mínimo.
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