Economía
Indagan prácticas monopólicas en mercado de huevo
Quienes haya propiciado o inducido estos métodos podrían enfrentar hasta 10 años de prisión
comercialización de huevo en México.
La autoridad investigadora de la Comisión deberá dar la resolución en un mínimo de 30 días, aunque podría tomarle como máximo un año y medio.
A quienes hayan propiciado o inducido esas prácticas anticompetitivas se les podrán dar hasta 10 años de prisión, inhabilitarlos hasta por cinco años para ejercer como directivos y multas hasta por 200 mil veces el salario mínimo a aquellas personas físicas que hayan participado en la conducta en representación de un agente económico o sanciones de hasta el equivalente al 10% de los ingresos económicos del agente económico responsable, entre otras.
La ley considera prácticas monopólicas absolutas a "aquellos contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción de la oferta, segmentación de mercados, coordinación de posturas en licitaciones e intercambio de información para realizar alguna de las conductas anteriores".
Hasta el momento la Cofeco no ha identificado "en definitiva actos que, en su caso, puedan constituir una violación a la Ley Federal de Competencia Económica, ni está determinado el o los sujetos a quienes, en su caso, se les deberá oír en defensa como probables responsables de una infracción a la misma".
Por lo que la investigación no prejuzga la responsabilidad de agente económico alguno.
CIUDAD DE MÉXICO (26/MAR/2015).- La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofeco) inició una investigación de oficio por posibles prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la producción, distribución y
La autoridad investigadora de la Comisión deberá dar la resolución en un mínimo de 30 días, aunque podría tomarle como máximo un año y medio.
A quienes hayan propiciado o inducido esas prácticas anticompetitivas se les podrán dar hasta 10 años de prisión, inhabilitarlos hasta por cinco años para ejercer como directivos y multas hasta por 200 mil veces el salario mínimo a aquellas personas físicas que hayan participado en la conducta en representación de un agente económico o sanciones de hasta el equivalente al 10% de los ingresos económicos del agente económico responsable, entre otras.
La ley considera prácticas monopólicas absolutas a "aquellos contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción de la oferta, segmentación de mercados, coordinación de posturas en licitaciones e intercambio de información para realizar alguna de las conductas anteriores".
Hasta el momento la Cofeco no ha identificado "en definitiva actos que, en su caso, puedan constituir una violación a la Ley Federal de Competencia Económica, ni está determinado el o los sujetos a quienes, en su caso, se les deberá oír en defensa como probables responsables de una infracción a la misma".
Por lo que la investigación no prejuzga la responsabilidad de agente económico alguno.
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