Economía
Empresas que no paguen aguinaldo podrían ser multadas
La sanción por no pagarlo podría alcanzar una multa que va de los 50 a los cinco mil salarios mínimos
STPS) convocó a los trabajadores formales del país que no hayan recibido su aguinaldo, equivalente a 15 días de salario, por lo menos, a que acudan a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (
Profedet) , para recibir asesoría sobre esta prestación.
Los patrones que hayan incumplido con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, podrían ser sancionados con una multa, que va de los 50 a los cinco mil salarios mínimos, con base en el artículo 1002 de la Ley Federal de Trabajo (LFT).
A través de un comunicado, la secretaría indicó que la Profedet ofrecerá a los empleados a quienes no se les haya respetado su derecho laboral de carácter económico, un equipo de abogados que podrán orientarlos de manera personalizada y gratuita.
Asimismo, el titular de la procuraduría, Luis Rivera Montes de Oca, advirtió que "el patrón en ningún caso puede alegar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades como justificación para no pagar el aguinaldo o reducir su importe".
La Secretaría del Trabajo aplica el Operativo Aguinaldo 2014-2015 a partir del 15 de diciembre de 2014 hasta el 27 de febrero de 2015, para que las Delegaciones, Subdelegaciones y Oficinas Federales del Trabajo realicen visitas de inspección extraordinarias en centros de trabajo de jurisdicción federal y local para comprobar que hayan pagado el aguinaldo a los trabajadores.
CIUDAD DE MÉXICO (30/DIC/2014).- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (
Los patrones que hayan incumplido con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, podrían ser sancionados con una multa, que va de los 50 a los cinco mil salarios mínimos, con base en el artículo 1002 de la Ley Federal de Trabajo (LFT).
A través de un comunicado, la secretaría indicó que la Profedet ofrecerá a los empleados a quienes no se les haya respetado su derecho laboral de carácter económico, un equipo de abogados que podrán orientarlos de manera personalizada y gratuita.
Asimismo, el titular de la procuraduría, Luis Rivera Montes de Oca, advirtió que "el patrón en ningún caso puede alegar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades como justificación para no pagar el aguinaldo o reducir su importe".
La Secretaría del Trabajo aplica el Operativo Aguinaldo 2014-2015 a partir del 15 de diciembre de 2014 hasta el 27 de febrero de 2015, para que las Delegaciones, Subdelegaciones y Oficinas Federales del Trabajo realicen visitas de inspección extraordinarias en centros de trabajo de jurisdicción federal y local para comprobar que hayan pagado el aguinaldo a los trabajadores.
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