Economía
Corte resuelve a favor de Cofetel amparo de Telefónica
Decisión sienta un importante precedente en materia regulatoria del sector telecomunicaciones, dice Gerardo Martínez Pous
Dijo que la resolución del máximo tribunal es muy importante no sólo para la actividad regulatoria que tiene la Cofetel en materia de interconexión, sino también en cuanto a su facultad de emitir planes técnicos.
“Es un precedente muy relevante porque de haberse declarado inconstitucionales los artículos 9A fracción primera y 41 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, todos los planes que se han emitido serían contrarios a la constitución como el de numeración, señalización y de calidad”, anotó.
Martínez Pous refirió que la empresa Telefónica interpuso un amparo en contra de la emisión del Plan Técnico Fundamental de Interconexión e Interoperabilidad que emitió la Cofetel en 2009.
Dicho recurso planteaba la inconstitucionalidad de los artículos 9A fracción primera y 41 de la Ley Federal de Telecomunicaciones porque a juicio de la quejosa no establecen límites para que la Cofetel emita los planes técnicos fundamentales.
“Esos dos artículos son muy importantes porque establecen las facultades de carácter general del órgano regulador en materia de telecomunicaciones y particularmente en cuanto a los planes técnicos fundamentales como el de numeración, señalización, calidad y de interconexión”, refirió.
El funcionario señaló que operadores como Telmex, Telcel y Telnor presentaron por su parte amparos similares a los de Telefónica, por lo que la resolución de la SCJN marca un precedente tanto en materia de interconexión como en cuanto a la facultad del órgano regulador para emitir planes técnicos.
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