Economía
Agentes de cobranza ya no podrán llamar a deudores a cualquier hora
Publican nuevas reglas para entidades financieras y despachos de cobranza
Condusef) publicó las disposiciones generales que las entidades financieras deberán cumplir con relación a los despachos de cobranza que gestionen su cartera.
Las disposiciones entrarán en vigor el 8 de octubre y las entidades financieras tendrán 90 días para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas.
Te presentamos las ocho reglas que se deberán cumplir:
1.- Las entidades financieras serán responsables de que los despachos de cobranza se dirijan al deudor de manera respetuosa y educada, en un horario de 07:00 a 22:00 horas.
2.- Tendrán la obligación de documentar por escrito con el deudor el acuerdo de pago, negociación o reestructuración de los créditos, préstamos o financiamientos.
3.- Ya no podrán "utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a las de instituciones públicas".
4.- No podrán utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como "confidencial", "oculto", "privado" o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación.
5.- Tampoco podrán amenazar, ofender o intimidar al deudor, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda.
6.- En el primer contacto con el deudor deberán informar nombre, denominación o razón social del despacho de cobranza y de la persona encargada de realizar dicha actividad; domicilio, número telefónico y nombre de las personas responsables de la cobranza; entidad financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento de que se trate; contrato u operación motivo de la deuda en que se basa la acción de cobranza; monto del adeudo y fecha de cálculo; condiciones para liquidar el adeudo; domicilio, correo electrónico y número telefónico de la unidad administrativa de la entidad financiera que recibirá las quejas por malas prácticas de cobranza.
7.- Están impedidos de establecer registros especiales, distintos a los ya existentes, listas negras, cartelones o anuncios, que hagan del conocimiento del público la negativa de pago de los deudores.
8.- Las entidades financieras deberán informar trimestralmente a la Condusef el número de quejas relacionadas con la gestión de los despachos de cobranza.
Los teléfonos sin costo para denunciar irregularidades son:
Profeco 01 800 468 8722
Condusef 01 800 999 8080
Ve aquí el documento publicado por el Diario Oficial de la Federación
Con información de NTX y EL UNIVERSAL
CIUDAD DE MÉXICO (07/OCT/2014).- La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (
Las disposiciones entrarán en vigor el 8 de octubre y las entidades financieras tendrán 90 días para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas.
Te presentamos las ocho reglas que se deberán cumplir:
1.- Las entidades financieras serán responsables de que los despachos de cobranza se dirijan al deudor de manera respetuosa y educada, en un horario de 07:00 a 22:00 horas.
2.- Tendrán la obligación de documentar por escrito con el deudor el acuerdo de pago, negociación o reestructuración de los créditos, préstamos o financiamientos.
3.- Ya no podrán "utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a las de instituciones públicas".
4.- No podrán utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como "confidencial", "oculto", "privado" o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación.
5.- Tampoco podrán amenazar, ofender o intimidar al deudor, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda.
6.- En el primer contacto con el deudor deberán informar nombre, denominación o razón social del despacho de cobranza y de la persona encargada de realizar dicha actividad; domicilio, número telefónico y nombre de las personas responsables de la cobranza; entidad financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento de que se trate; contrato u operación motivo de la deuda en que se basa la acción de cobranza; monto del adeudo y fecha de cálculo; condiciones para liquidar el adeudo; domicilio, correo electrónico y número telefónico de la unidad administrativa de la entidad financiera que recibirá las quejas por malas prácticas de cobranza.
7.- Están impedidos de establecer registros especiales, distintos a los ya existentes, listas negras, cartelones o anuncios, que hagan del conocimiento del público la negativa de pago de los deudores.
8.- Las entidades financieras deberán informar trimestralmente a la Condusef el número de quejas relacionadas con la gestión de los despachos de cobranza.
Los teléfonos sin costo para denunciar irregularidades son:
Profeco 01 800 468 8722
Condusef 01 800 999 8080
Ve aquí el documento publicado por el Diario Oficial de la Federación
Con información de NTX y EL UNIVERSAL
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