¿Cuáles son los derechos de los niños y niñas?
El Día del Niño es hoy y, además de las celebraciones propias de la efeméride, es importante recordar los derechos fundamentales de los pequeños
Este 30 de abril en México se celebra el Día del Niño y, además de las celebraciones propias de la efeméride, es importante recordar los derechos fundamentales de los pequeños, reconocidos por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef, por sus siglas en inglés).
Fue el 20 de noviembre de 1989 cuando se aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), con la finalidad de garantizar y proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes en todo el mundo. En 1990 México ratificó este dictamen, que es el tratado internacional más avalado a nivel internacional, según la misma Unesco.
A casi 33 años de la convención y ante la llegada del Día del Niño, recordamos los 10 derechos fundamentales de la infancia:
Derecho a la igualdad, sin discriminación de raza, religión o nacionalidad
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Derecho a una protección especial para que puedan crecer física, mental y socialmente sanos y libres
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
Derecho a tener un nombre y una nacionalidad
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
Derecho a una alimentación, vivienda y atención médica adecuadas
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Derecho a educación y atenciones especiales para los niños y niñas con discapacidad
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
Derecho a comprensión y amor por parte de las familias y de la sociedad
El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
Derecho a una educación gratuita; a divertirse y jugar
El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
Derecho a atención y ayuda preferentes en caso de peligro
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Derecho a ser protegido contra el abandono y el trabajo infantil
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
Derecho a recibir una educación que fomente la solidaridad, la amistad y la justicia entre todo el mundo
El niño debe ser protegido contra las práticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.