Cultura

Proponen facilitar trámites para restaurar fincas patrimoniales

La Comisión de Planeación Urbana de Guadalajara proyecta la homologación de reglamentos para evitar complicaciones entre los propietarios

GUADALAJARA, JALISCO (02/JUL/2015).- En conjunto con la actualización de los planes parciales de Guadalajara, por ahora suspendidos, se prepara una propuesta para hacer más cortos y eficientes los trámites de intervención de las fincas con valor patrimonial.

Ante las quejas de algunos propietarios de casas, quienes denuncian las dificultades para rehabilitar sus viviendas, desde la Comisión de Planeación Urbana (Coplaur) se propondrá en las comisiones edilicias homologar los reglamentos del Patronato del Centro Histórico, Barrios y Zonas Tradicionales y el de Conservación del Patrimonio Cultural, los cuales datan de 1998 y 2004, respectivamente.

Diego Delfín, titular del organismo, indica que los reglamentos tendrán congruencia con los procedimientos de conservación tal como se establecen en la Ley del Patrimonio Cultural del Estado.

“Homologar los reglamentos es congruente. Se hace una corrección de elementos como los nombres de las dependencias. Será más ágil y sencillo el procedimiento de dictaminación comparado al que se sigue normalmente”.

Entre las novedades se mencionarían los plazos para realizar los dictámenes de las fincas que soliciten una restauración: “Se marca un plazo específico y se aclaran las responsabilidades de las autoridades que intervienen en la protección del patrimonio”.

Posterior a los cambios reglamentarios, junto con la solicitud, se pedirá en el Ayuntamiento el dictamen del inmueble hecho por la Secretaría de Cultura de Jalisco o el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) —según la antigüedad del edificio—, debido a que antes no se exigía: “Simplificamos los tiempos”. Detalla que, además, se facilitarán apoyos que ya existen, como el descuento en el impuesto predial.

Añade que, con los reglamentos actuales, se llega a la ventanilla del Ayuntamiento con la solicitud de intervención y entra a debate en un comité (integrado por Obras Públicas, Cultura, Patronato del Centro Histórico y Coplaur), que autoriza o niega la modificación del inmueble. En caso de ser necesario, se hace una visita a la vivienda.

El ejemplo positivo

La empresa Fortius Electromecánica tuvo que hacerse cargo de la restauración de otras dos fincas de valor artístico sobre Hidalgo, pero el comienzo del proceso fue el más complicado, acepta su director Sergio Alcalde. La razón fueron los trámites que gestionaron con tres dependencias distintas.

“Tuvimos algunos inconvenientes en el tema del proceso consultivo, por desconocimiento de nosotros. En la medida que pasó el tiempo y se presentaron las pláticas con Patrimonio Histórico se limaron diferencias”. Inicialmente tuvieron que conseguir la licencia municipal y la autorización de Patrimonio Histórico, que exigió conservar el diseño original de la finca al interior y al exterior.

Concluye que los trámites deberían ser más expeditos y fáciles, con más dinámica e incentivos para que de verdad se proteja el patrimonio.

Denuncian trabas para mejorar


Es “increíble” para María Elena López Murguía que deba pedir permiso para mantener su casa “bonita”. “Pedimos permiso hasta para pintarla”. Su vivienda está considerada dentro del Inventario Estatal del Patrimonio Cultural, recientemente publicado por la Secretaría de Cultura Jalisco (SCJ).

Para arreglarla deberá contar con un dictamen técnico. “No queremos que nos den dinero sólo que nos permitan arreglarla. Nada más”.

El nombramiento de la casa de María Elena como inmueble de valor histórico lo califica como una condena.

Un ejemplo es la solicitud para resanar su fachada que solicitó al Ayuntamiento tapatío y al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), pero nunca tuvo respuesta.

En Guadalajara hay 13 mil 338 inmuebles que forman parte del Inventario.

“El propietario debe enterarse que tiene un finca de ese valor y que debe darle un tratamiento asesorado por la Secretaría”, subraya Tomás Orendain Verduzco, director general de Patrimonio Cultural de la SCJ. Sin embargo, para arreglar cualquier desperfecto de la vivienda se requiere una inspección y estudio de la dependencia, además de conseguir la licencia con el Ayuntamiento y entregar documentos del inmueble como planos originales.

Para que un edificio sea considerado de valor patrimonial se toma en cuenta el año en que fue construido. La Secretaría de Cultura se encarga del cuidado de las obras que datan de 1900 a la fecha; las casas con una antigüedad anterior es responsabilidad del INAH.

El arquitecto del INAH en Jalisco, Cuauhtémoc de Regil, dice que las solicitudes de restauración de edificios tardan dos semanas en resolverse.

En caso de no responder se interpreta como una autorización. Y lamenta que existan prejuicios en contra del organismo.

“Eso es falso (los cuestionamientos de que impiden las restauraciones), ya que cuando la gente recibe asesoría no tiene problema. El problema es cuando inician sin licencia”.

Acota que en los casos de suspensión de obras se dan porque el INAH tiene la obligación de conservar el patrimonio. En sus normas no existe la palabra demolición. “El problema viene porque, muchas veces, las direcciones municipales no están enteradas o hay omisiones y no nos informan de las intervenciones”.

CENTRO HISTÓRICO
Las ruinas de Reforma


El arquitecto del INAH en Jalisco, Cuauhtémoc de Regil, comparte el caso de dos casas, incluidas en el Inventario Estatal de Patrimonio, que están prácticamente en ruinas, pero se mantienen en pie por falta de la decisión de los involucrados en el asunto: el propietario y las autoridades. Son las viviendas ubicadas en Reforma 193 y 224, ambas sin techos.

La primera es sostenida y apuntalada por estructuras de metal. En la segunda: “El propietario no se encargó de ella hasta que se cayó y el Ayuntamiento actuó para derrumbar lo que faltaba. La casa quedó abierta sometida al vandalismo”.

El arquitecto parte de la premisa de que si una finca es abandonada, el Gobierno, en cualquiera de sus órdenes, debe tomar las riendas de la situación y poner remedio. Sin embargo, el único que puede hacerse cargo de la casa es el propietario: “Deberían estar obligados a que se haga la conservación de ese edificio”.

Dice que el límite de la situación llegó cuando el Ayuntamiento solicitó al INAH la licencia para demoler, “pero nosotros no tenemos en nuestros trámites una licencia de demolición. Los vecinos también exigen que demos licencia, pero no podemos”.

Y es que la obligación del Instituto es conservar el patrimonio y no derribarlo: “¿Por qué los vecinos no se juntan y le exigen al Ayuntamiento y al propietario que sean responsables de su propiedad, y la donan al municipio o la colectividad?”.

Aclara que no se opone a que demuelan esas viviendas, pero el INAH no la validará.

LA VOZ DEL EXPERTO
Valor social

Cuauhtémoc de Regil
(arquitecto del INAH en Jalisco).

El patrimonio tiene un valor social. Por ello vale la pena insistirles a los propietarios de las fincas de valor histórico y artístico que cuiden y reviertan el deterioro de sus propiedades y las mejoren. “Las buenas intenciones no son cuestionables, lo cuestionable son las herramientas y los procesos que se utilizan”.

Explica que si se tiene la intención de cambiar el material con el que está construido algún inmueble, no se le dará autorización: “No dejamos que se haga lo que la gente quiere porque para eso estamos. Si no cuidamos el patrimonio se pierde”.

Aclara que el INAH tiene la capacidad de resolver asuntos con facilidad, a pesar de tener inspecciones y peticiones en todo el Estado, aunque no debe pasar de dos semanas en llegar las respuestas, por lo menos, de parte del organismo: “La ley nos obliga a tener una respuesta en tiempo perentorio, y si nosotros no respondimos se entiende que ya se tiene la licencia de intervenir los edificios”.

Para acelerar el proceso, el Instituto atiende todas las peticiones que le atañen, como los inmuebles del siglo XIX hacia atrás; sin embargo, una de las complicaciones del INAH es que sólo laboran seis personas para resguardar todo el patrimonio del Estado.

TESTIMONIO
El calvario


Ratas y grandes insectos se han colado a la casa de María Elena López Murguía, ubicada en la calle Reforma, considerada dentro de los inmuebles patrimoniales de Jalisco por su valor histórico estilo neoclásico. La razón es porque otra vivienda aledaña, que también está dentro del inventario de la Secretaría de Cultura de Jalisco (SCJ), está en ruinas. Apenas se sostienen sus paredes por las estructuras de metal y, adentro, la basura, hierba y tierra se acumulan. Es un sitio perfecto para drogadictos e indigentes.

María Elena cuenta que ha presentado quejas ante el Ayuntamiento de Guadalajara, pero no han hecho nada. Hace varios años en que personal del municipio ingresó para arreglar la pared y el techo contiguo a la casa en ruinas y, de favor, el restaurador enjarró parte de la fachada.

“Pero aquí se necesita quitar el enjarre y resanar. Queremos cambiar de ventanas, pero no nos han dado permiso”.

Como su caso existen varios más en el cruce de las calles Reforma y Pino Suárez. Una casa de dos pisos cayó dejando a la vista sus cuartos enormes y hasta muebles que penden de un hilo. Al frente, a los dueños de una vivienda con 19 recámaras “les cortaron las manos” y dejaron la fachada pintada de rosa hasta la mitad porque el Ayuntamiento amenazó con multar a los encargados de la obra porque no tenían permiso de intervenirla, platica María Elena.

Su vivienda es uno de los 13 mil 691 inmuebles patrimoniales de valor artístico en el Inventario Estatal del Patrimonio Cultural, aunque estaban considerados 20 mil.

Las que fueron excluidas no contaban con los datos necesarios.

La Ley de Patrimonio establece que los propietarios de inmuebles inventariados deberán conservarlos y, en su caso, restaurarlos con autorización de la dependencia municipal previo dictamen de Cultura.

Otro método de protección que se intentará desde la Secretaría es el respeto por las zonas de protección expuesta en el Inventario con 142 polígonos, la mayoría en las plazas de los municipios, sitios sagrados o de protección natural.

GUÍA
Inventario Estatal del Patrimonio Cultural

— ¿Qué se considera patrimonio cultural?

— Elementos y manifestaciones materiales e inmateriales a los que se les atribuye importancia intelectual, científica, tecnológica, histórica, natural, literaria, artística, arqueológica, antropológica, paleontológica, etnológica, arquitectónica, industrial y urbana.

— ¿Cuáles son las categorías del Inventario?

— Cultural inmaterial, bienes inmuebles, bienes muebles y zonas de protección.

— ¿Por qué se destaca un inmueble con valor artístico?

— Por representar un ejemplo de una determinada corriente estilística, que se distinga por su calidad de composición, diseño o ejecución arquitectónica, o que presenten un grado de innovación en cuanto a diseño, materiales o técnicas utilizadas.

— ¿Cómo se protegen los bienes?

— Los ayuntamientos deberán salvaguardar el patrimonio considerándolos en sus planes y programas de desarrollo urbano, de ordenamiento ecológico y de protección al Patrimonio Cultural. Además deberán expedir las licencias municipales que se requieran para llevar a cabo intervenciones sobre el bien.

— ¿Qué se necesitará para intervenir un bien?

— Se debe observar el proyecto de intervención precedido por un detallado estudio emitido por la Secretaría de Cultura. La intervención deberá tener por objeto únicamente respetar y salvaguardar la autenticidad de los elementos constitutivos del bien.

— ¿Existe la posibilidad de derribar un edificio?

— Sí. Sólo cuando el inmueble represente riesgo inminente para las personas o fincas aledañas.

— ¿Cómo se protegerá el patrimonio inmaterial?

— A través de programas de fomento y difusión con el objeto de apoyar a los creadores, portadores y grupos sociales que las realizan y las conservan. También por medio de la promoción y documentación y revitalización de las manifestaciones y tradiciones ya desaparecidas con la conformidad de las comunidades y los portadores del patrimonio.

El patrimonio cultural de Jalisco

Inmuebles

Municipios Total


Guadalajara 13,338

Tepatitlán 119

Zapopan 70

Tlaquepaque 54

Lagos de Moreno 26

Yahualica 23

pinturas, óleos,

acuarelas y murales

Municipios Total

Guadalajara 109

Autlán de Navarro 20

Lagos de Moreno 3

SABER MÁS
Los castigos por no respetar la ley

Las sanciones van de la amonestación, restitución del daño producido al bien, multa hasta por el doble del valor de la restitución del daño, clausura temporal o definitiva, parcial o total, y la suspensión o revocación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones correspondientes.

PATRIMONIO INMATERIAL

Clasificación Cantidad Ejemplo


Tradiciones, expresiones orales y narrativas 3 Danza de los Tastoanes

Artes del espectáculo, escénicas, 31 Música de chirimía
expresiones dancísticas, teatrales y musicales

Usos sociales, rituales y actos festivos, 193 Fiestas patronales
juegos autóctonos y tradicionales

Técnicas y diseños de todas las 104 Pirotécnica, alfarería, labrado o
artes populares y artesanales tradicionales elaboración de “nacimientos”

Espacios y entorno geográfico, rutas y caminos tradicionales, 1 Peregrinación a Talpa de Allende
e itinerarios culturales dotados de valor simbólico

Conocimientos tradicionales sobre gastronomía, 93 Tortas ahogadas
ciclos agrícolas, herbolaria y medicina tradicional,
mitos y concepciones del universo y la naturaleza

Todas aquellas tradiciones y expresiones por 5 Altares de Dolores
identificar o caracterizar a la cultura Jalisciense merezcan
ser transmitidas y preservadas a futuras generaciones

Falta catálogo y guía turística

Posterior a la publicación del Inventario Estatal del Patrimonio Cultural, el siguiente paso para la Secretaría de Cultura es la publicación de un catálogo de cada bien enlistado con la información específica de su historia y una guía que señalará cuáles son las estrategias de preservación, informa Tomás Orendain Verduzco, director de Patrimonio Cultural: “Se aclarará el patrimonio que está en riesgo”.

La publicación del Inventario es el inicio del proceso y después se retroalimentará cada noviembre, según el Reglamento de la Ley de Patrimonio.

El catálogo se define en la ley como la relación ordenada en la que se describe de manera individual un bien incluyendo sus características y valores particulares. Y la guía de manejo es el documento que contiene las estrategias, acciones, mecanismos, programas e instrumentos para garantizar la salvaguarda de bienes o zonas de protección.

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